Suscríbete a nuestro Boletín Semanal




Únete a Voto Católico Colombia

sábado, 14 de noviembre de 2015

Corte Constitucional legaliza la compraventa de niños a través del alquiler de vientres

gpa-pma-quel-est-le-programme

La Corte Constitucional, no contenta con su obsesiva agenda en contra de la ley natural, imponiendo las uniones homosexuales, el aborto y la eutanasia, ahora pretende fallar en contra de la realidad misma y por vía de sentencias obligar al país a llamar blanco lo que es negro y a legislar para poner burros a volar y para que 2+2 pueda sumar 5 o cualquier otra cosa. La sala plena de la Corte acaba de resolver una tutela a favor de una pareja de homosexuales que reclamaba se les permitiera registrar a los dos menores que adquirieron es Estados Unidos por medio de un proceso de alquiler de vientres (contrataron a una mujer para que los gestara a cambio de dinero) como hijos biológicos de los dos hombres.

La Corte les ha concedido la tutela, con ponencia de Gloria Stella Ortiz (la ficha del Fiscal Montealegre), ordenando al Registro Civil que registrara a los menores con los dos hombres como “padres biológicos” y que al hacer esto, modifique los registros civiles para que de ahora en adelante se pueda registrar a los menores como hijos de “dos padres” o “dos madres”, biológicas (!). En realidad, esta ridiculez era algo sobre lo que veníamos advirtiendo desde que se empezó a plantear la adopción homosexual con la demanda interpuesta por la pareja de lesbianas de Medellín, también cuando se conocieron las demandas de inconstitucionalidad para reclamar la adopción homosexual (cuya ponencia hizo el magistrado Palacio, el tío biológico de la niña que las lesbianas reclamaban adoptar) y cuando la Corte finalmente falló a favor de las lesbianas (con voto positivo del magistrado involucrado), sólo que no nos imaginábamos que la Corte fuera a tener la desvergüenza de llegar a este punto de afirmar que se diera el estatus de “padres biológicos” a dos hombres sólo por el hecho de haber pagado un tratamiento de fertilización In Vitro, alquilando el cuerpo de una mujer.

De hecho, el absurdo se torna cínico cuando el Tribunal afirma que la decisión busca defender la igualdad entre los menores procreados por Alquiler de Vientres y los procreados naturalmente. Supóngase que al no disponer de los costos para realizar el tratamiento de Fecundación In Vitro, la pareja homosexual hubiera acudido a la mujer “donante” para tener relaciones sexuales con ella, acordando previamente que los hijos que ella tendría serían entregados a la pareja homosexual para que fueran registrados por ellos como “hijos biológicos”. ¿Queda alguna duda de que nos encontramos ante un caso de trata de personas? Cuando la Corte falla a favor de la pareja, lo que hace es negar el derecho de los menores a su identidad biológica, a su familia (su padre y su madre biológicos), negando la protección de estos menores frente a los hijos que son procreados naturalmente.

Se trata de un rompecabezas perfecto, en el cual un absurdo inicial, la negación del carácter contra-natura de las relaciones homosexuales, lleva necesariamente al siguiente, y esté al próximo, y tarde o temprano, escarbando y escarbando por esa pequeña rendija terminamos por derrumbar la lógica y nos encontramos a la deriva en el reino de lo absurdo, donde dos hombres pueden procrear, no porque lo hagan de verdad, sino por que la Corte así lo ordena. No importa cuánto se queje Alicia, como Don Huevón bien le explicó, lo importante es saber quién manda, y en Colombia manda la Corte Constitucional, así que ya nada tiene sentido más allá de el que la “honorable” Corte le quiera dar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario