La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible varios de los apartes de la ley 1710 de 2014 con la cual se establecieron una serie de homenajes a la vida y obra de la madre Laura Montoya, canonizada en mayo de 2013 por el papa Francisco.
la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada María Victoria Calle, declaró ajustada la normativa y declaró que Colombia existe una libertad de cultos y no existe una religión predominante instituida y declarada en la Constitución. Argumentó también que la ley sólo hace exaltación a un miembro destacado de la iglesia Católica y no a un determinado culto.
Sin embargo, la sentencia declara inexequibles algunos apartes de la ley, específicamente la construcción de un mausoleo para la peregrinación de los fieles, darle el título de “cuna moderna de la evangelización para los indígenas de América y el mundo moderno”, y declararla “patrona del magisterio de Colombia”, bajo pretexto de privilegiar de forma específica a una religión en particular.
La Corte ha dejado en firme la festividad establecida por el Congreso de la República en honor de la obra de la primera santa colombiana, así como la construcción de un monumento, y da vía libre para que se le hagan honores como santa.
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