(Procuraduría) La Procuraduría General de la Nación, en intervención ante la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, explicó las razones por las cuales no se debe despenalizar el aborto abiertamente hasta las 24 semanas de gestación, como lo propone el proyecto de la Fiscalía.
La intervención, realizada por el procurador auxiliar ante la Corte Constitucional, Andrés Balcázar, desarrolló cuatro puntos. En primer lugar se preguntó por la razón de estar discutiendo esta materia en el Congreso y por qué la Procuraduría estaba en dicho debate.
“Porque es nuestro deber. Así se nos tergiversen o nos hagan ‘bullying’, es nuestro deber defender la Constitución Política, que dice que el derecho a la vida es inviolable”, respondió el procurador auxiliar, que a la vez explicó que la Convención Americana de Derechos Humanos definió como persona a todo ser humano, sin autorizar a nadie para definir quién lo es y quién no.
Además señaló que “la Procuraduría ha hecho seguimiento a la Sentencia C-355 de 2006 y se ha concluido que no se aplican las causales ni los condicionamientos, que no hay término para practicar el aborto y lo que es peor, se prohíbe la resistencia. Se obliga a las instituciones, a los médicos y a las mujeres, porque es la única opción que se les ofrece”, añadió.
En el segundo punto recordó cómo se reglamentó esta práctica en el país y cuestionó que la premisa que partió de la sentencia C-355 de 2006 es que todavía supuestamente no se sabe a ciencia cierta cuándo comienza la vida humana pero, al mismo tiempo, sostuvo que los no nacidos no son personas y que, por tanto, era desproporcionado penalizar el aborto en todos los casos.
“Inmediatamente siguió una reglamentación que tiene dos actores. El ejecutivo, cuyos actos administrativos han sido declarados nulos por el Consejo de Estado en reiteradas ocasiones; y una Corte Constitucional que, a través de sentencias de tutela, le ha ido quitando sentido a los requisitos que se delimitaron originalmente”, comentó el representante del Ministerio Público.
En tercer lugar resaltó que hay ignorancia jurídica al pretender darle ultraactividad a una sentencia sobre una norma que se derogaría con el proyecto que se debate en el Congreso. En este sentido recordó que en el año 2006 la Corte Constitucional declaró que no había cosa juzgada sobre el aborto, a pesar que había varias sentencias que definían que se debía defender la vida incondicionalmente en todas sus etapas, aduciendo un simple cambio norma, pero, “ahora se quiere desconocer la sentencia, en la que especificó que es un asunto que interesa a la sociedad y al Estado porque comenzó explicando que la Constitución es provida”, agregó.
Además señaló que “la Corte Constitucional especificó en su Sentencia C-355 de 2006 que no existe ningún deber internacional de despenalizar el aborto pues depende de cada país, contrario a lo que dijo el fiscal encargado”. También explicó el procurador auxiliar que se trata de “un proyecto insuficiente, porque no explica las causales. Está despenalizado el aborto cuándo y cómo lo diga la Corte Constitucional, así de pobre es esta norma”.
Como cuarto punto manifestó que el aborto tiene varios sujetos: el bebé, que es un ser humano aunque se ha dicho que no lo es y que puede ser hombre o mujer; los papás, que son hombres con expectativas y derechos legítimos que se pueden convertir en víctimas; las mamás, mujeres a quienes no les han dado alternativas y que en muchos casos son obligadas a tomar esta decisión; y el abortista, que debe enfrentarse al eventual deber de terminar una vida, cuando incluso a las 24 semanas se puede nacer.
Finalmente, expuso como actores involucrados en el aborto a la sociedad, que “se ha vuelto muda, o peor, que no dejan que hable, y el Estado, que se ha convertido un idiota útil, un instrumento de un negocio de unos pocos que acaba con el recurso más valioso de una nación: sus habitantes”.
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