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jueves, 21 de diciembre de 2023

Editorial: Francisco vs. Francisco ¿Puede haber autoridad sin el principio de No Contradicción?

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La Congregación para la Doctrina de la Fe ha publicado una nueva Declaración titulada Fiducia supplicans, que ha sido ampliamente publicitada en los medios oficiales de la Iglesia, así como en los medios de comunicación seculares, debido a que ha abierto la puerta que hace apenas dos años había cerrado la misma congregación.

Responsum de la Congregación para la Doctrina de la Fe a un dubium sobre las bendiciones de las uniones de personas del mismo sexo, 15.03.2021

Declaración Fiducia supplicans sobre el sentido pastoral de las bendiciones, 18.12.2023

Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo. La presencia en tales relaciones de elementos positivos, que en sí mismos son de apreciar y de valorar, todavía no es capaz de justificarlas y hacerlas objeto lícito de una bendición eclesial, porque tales elementos se encuentran al servicio de una unión no ordenada al designio de Dios.

Además, ya que las bendiciones sobre personas están en relación con los sacramentos, la bendición de las uniones homosexuales no puede ser considerada lícita, en cuanto sería en cierto modo una imitación o una analogía con la bendición nupcial, invocada sobre el hombre y la mujer que se unen en el sacramento del Matrimonio, ya que «no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia».

En el horizonte aquí delineado se coloca la posibilidad de bendiciones de parejas en situaciones irregulares y de parejas del mismo sexo, (…). En estos casos, se imparte una bendición que no sólo tiene un valor ascendente, sino que es también la invocación de una bendición descendente del mismo Dios sobre aquellos que, reconociéndose desamparados y necesitados de su ayuda, no pretenden la legitimidad de su propio status, sino que ruegan que todo lo que hay de verdadero, bueno y humanamente válido en sus vidas y relaciones, sea investido, santificado y elevado por la presencia del Espíritu Santo. Estas formas de bendición expresan una súplica a Dios para que conceda aquellas ayudas que provienen de los impulsos de su Espíritu – que la teología clásica llama “gracias actuales” – para que las relaciones humanas puedan madurar y crecer en la fidelidad al mensaje del Evangelio, liberarse de sus imperfecciones y fragilidades y expresarse en la dimensión siempre más grande del amor divino.

El Sumo Pontífice Francisco, en el curso de una Audiencia concedida al suscrito Secretario de esta Congregación, ha sido informado y ha dado su asentimiento a la publicación del ya mencionado Responsum ad dubium, con la Nota explicativa adjunta.

Ex Audientia Die 18 diciembre 2023

Francisco

Ya previamente dijimos que la extensión de una sentencia de la Corte Constitucional es directamente proporcional a la iniquidad en ella contenida. Algo similar ocurre con los documentos magisteriales: Su extensión es directamente proporcional a la distancia que le separa de la Fe Católica. Este nuevo documento es extenso precisamente porque insiste ad náuseam en que no hace lo que precisamente sí hace: Contradecir abierta y directamente la Responsa emitida por la Congregación en 2021.

En 2021 la CDF había dejado claro que cualquier elemento positivo que puedan aparentar tales uniones está al servicio de una unión desordenada, pecaminosa, y por ende no puede ser objeto de bendición alguna. Hoy, el Card. Víctor Manuel Fernández dice todo lo contrario, que a pesar de lo irregular de tales situaciones, hay elementos “verdaderos, buenos y válidos” en tales relaciones que pueden ser objeto de la gracia. Ambos documentos fueron publicados con el aval del Papa Francisco, ambos son ejercidos en su nombre, con su autoridad.

”Todo reino dividido contra sí mismo queda asolado, y toda ciudad o casa dividida contra sí misma no podrá subsistir.” (Mt 12, 25.) ¿Qué no decir de una cabeza dividida contra sí misma? Francisco ha contradicho la doctrina y el magisterio de los pontífices anteriores de tantas formas, que ya no causa ninguna sorpresa. Contradijo abiertamente a Juan Pablo II en Amoris Laetitia, contradijo abiertamente a Benedicto XVI con Traditionis Custodes, y contradijo el Catecismo de la Iglesia Católica al alterarlo en relación a la pena de muerte. Ahora Francisco se contradice a sí mismo y desdice lo que él mismo había dicho en 2021, para decir justamente lo contrario.

En los Estados seculares, el partido que gana las elecciones llega a cambiarlo todo y a contradecir todo lo hecho y dicho por el otro partido, culpable de la situación del país, porque su autoridad se basa en la violencia del número y la voluntad desatada de los electores, no en la fidelidad a la Tradición Apostólica. Pero aún en esos gobiernos seculares, un presidente que contradice lo que él mismo ya había dicho y hecho siembra fuertes dudas acerca de su capacidad psicológica para ejercer la autoridad. De contradecir a los fundamentos teológicos de la propia autoridad, hemos pasado a contradecir a los fundamentos mismos de la lógica, como lo es el principio de no contradicción. ¿Dónde queda la infalibilidad pontificia en este punto?

Los alemanes, por ejemplo, de rebeldes se han convertido en profetas. Después de las múltiples advertencias y llamados de atención por parte del Card. Ladaria y el Card. Parolin cuando autorizaron tales bendiciones en contra de Roma, han quedado revalidados por este nuevo documento. El mensaje no podría ser más claro: Continúen avanzando por la vía de los hechos consumados, ordenen sacerdotisas, casen homosexuales, eliminen el celibato, que Roma les seguirá.

Por lo pronto, los obispos de Kazajistán, Malawi, Nigeria, Togo, Zambia, Ukrania han rechazado el documento y han dicho que en sus jurisdicciones no se permitirán tales bendiciones. La Confraternidad Británica de Clérigos Católicos que agrupa a más de 500 presbíteros y diáconos en Inglaterra, Gales y Escocia ha declarado que tales bendiciones son inadmisibles teológica y pastoralmente.

No es para menos. El daño en las almas de los feligreses, que ven cómo todo lo que siempre han creído queda borrado de un plumazo, es de tal grado que cualquier silencio por parte de los pastores es complicidad. Y después de la salus animarum, el segundo peor damnificado es la propia autoridad pontificia, y por asociación, la de todo prelado. ¿Qué credibilidad va a tener el obispo que sale a decir que lo que dijo ayer no era válido pero lo que dice hoy sí lo es?

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