El magistrado Jorge Iván Palacio estuvo en el centro de la polémica el año pasado luego de que la Corte concedió la adopción de dos menores a la compañera lesbiana de la madre biológica de estos, pues se supo que en realidad los dos menores que habían sido concebidos por inseminación artificial, sí conocían a su padre biológico, y le reconocían como tal: Un homosexual amigo de la pareja de lesbianas, y además sobrino del magistrado, uno de los que votó a favor de la tutela.
En su momento, el magistrado Palacio confirmó que sí tiene un sobrino que responde a los nombres y apellidos del presunto padre biológico de los menores, pero que no se declaró impedido porque en el momento de discutir la tutela no sabía que su sobrino fuera el padre biológico de los menores en cuestión, y su nombre no había aparecido en la ponencia que fue discutida. Sin embargo, el togado admitió que sí conocía a la pareja, y fuentes cercanas a estas dijeron que el magistrado sí habría visitado en varias oportunidades a los menores. Incluso cuando murió el hermano del magistrado, este compartió allá junto con su sobrino y sus dos hijos.
Estos elementos obligan al Tribunal a declarar nula la sentencia en la que concedían el trámite de adopción, y pretendían establecer como norma general que se concediera la adopción a parejas homosexuales siempre y cuando uno de ellos fuera padre biológico del menor, pues se basa en unos hechos que han resultado ser completamente falsos. El destape de este fraude puede obligar a la Corte a reconocer que todo menor tiene por necesidad un padre y madre biológicos, y en los casos de reproducción asistida por donación de gametos, la falta de estos es un daño contra los menores cometido directamente y de común acuerdo por ambos padres. Se espera que a la hora de discutir la demanda de nulidad contra el fallo, el magistrado Palacio se declare impedido por conflicto de intereses.
Sin embargo, existe otra demanda que también pretende la adopción por parte de parejas homosexuales, y cuya sentencia favorable obligaría a la Corte a mantener la decisión tomada previamente, a pesar de la nulidad del fallo precedente. Pues resulta que Noticias RCN ha conocido el contenido de la ponencia que se será discutida en la Corte, y esta concede la demanda legalizando la adopción por parejas del mismo sexo.
¿Quién es el magistrado ponente? Nada menos que Jorge Iván Palacio.
Es decir que a través de esta ponencia, el magistrado se asegura la decisión que la Corte deberá tomar sobre un caso en el que tiene evidente interés particular. Gracias a su ponencia, sus sobrinos-nietos serán adoptados por la pareja homosexual de su madre biológica, y su sobrino quedará libre de responsabilidades frente a sus dos hijos. No hay duda alguna de que el magistrado debía haberse declarado impedido para discutir este caso.
El magistrado podrá argumentar que en el momento de admitir la demanda y redactar la ponencia de fallo, no tenía conocimiento de que su sobrino fuera el padre biológico de los dos menores cuya adopción reclamaba una pareja de lesbianas. Empero, los estados de la Secretaría General de la Corte, revelan que el proyecto de fallo fue presentado a la sala plena de la corporación el 24 de octubre, cuando ya se había destapado el escándalo sobre el fraude en el proceso de tutela.
En el mismo momento en que el magistrado supo que tenía un conflicto de intereses en el caso de la adopción que reclamaban la pareja de lesbianas debió haberse declarado impedido para conocer también de este caso, y debió entregar el caso para que fuera repartido a otro magistrado sin intereses particulares en él. No haberlo hecho, constituye el delito de prevaricato, una falta contra la ética y contra la independencia judicial.
Firma ahora, y exige al magistrado Jorge Iván Palacio su renuncia, y a la Corte Constitucional que vuelva a repartir la demanda D-0010315 para que se discuta una nueva ponencia, elaborada por un magistrado sin intereses particulares en el caso.
Magistrado Jorge Iván Palacio
Corte Constitucional de Colombia
CC: Secretaría General de la Corte
CC: Comisión de Acusaciones de la Cámara de RepresentantesRef: Demanda D-0010315
Exigimos la renuncia del magistrado Jorge Iván Palacio Palacio por el prevaricato en que incurre al existir un evidente conflicto de intereses frente a la demanda D-0010315, y al no haberse declarado impedido para presentar ponencia sobre esta.
El 3 de septiembre, una semana después de que la Corte falló a favor de la adopción de dos menores por parte de la compañera de su madre biológica, se supo en los medios de comunicación que estos menores sí conocían a su padre biológico que además resultó ser sobrino del magistrado Jorge Iván Palacio.
En su momento, el magistrado Palacio confirmó que sí tiene un sobrino que responde a los nombres y apellidos del presunto padre biológico de los menores, pero que no se declaró impedido porque en el momento de discutir la tutela no sabía que su sobrino fuera el padre biológico de los menores en cuestión, y su nombre no había aparecido en la ponencia que fue discutida. Sin embargo, el togado admitió que sí conocía a la pareja, y fuentes cercanas a estas dijeron que el magistrado sí habría visitado en varias oportunidades a los menores. Incluso cuando murió el hermano del magistrado, este compartió allá junto con su sobrino y sus dos hijos.
Estos elementos obligan a la Corte a declarar la nulidad de tal fallo, pues se basa en hechos que se han demostrado falsos, y al magistrado Palacio a declararse impedido para decidir en este caso, por tener un conflicto de intereses en este. Sin embargo, la demanda D-0010315 cursa sobre el mismo tema, y a pesar de tratarse de una demanda de inconstitucionalidad, de carácter general y abstracto, la decisión de la Corte también afecta de forma particular al caso de la pareja de lesbianas en el cual el magistrado Palacio se encuentra involucrado.
El magistrado podrá argumentar que en el momento de admitir la demanda y redactar la ponencia de fallo, no tenía conocimiento de que su sobrino fuera el padre biológico de los dos menores cuya adopción reclamaba una pareja de lesbianas. Empero, los estados de la Secretaría General de la Corte, revelan que el proyecto de fallo fue presentado a la sala plena de la corporación el 24 de octubre, cuando ya se había destapado el escándalo sobre el fraude en el proceso de tutela.
En el mismo momento en que el magistrado supo que tenía un conflicto de intereses en el caso de la adopción que reclamaban la pareja de lesbianas debió haberse declarado impedido para conocer también de este caso, y debió entregar el caso para que fuera repartido a otro magistrado sin intereses particulares en él. No haberlo hecho, constituye el delito de prevaricato, una falta contra la ética y contra la independencia judicial.
Por estas razones exigimos la renuncia del magistrado Jorge Iván Palacio, y reclamamos que la demanda D-0010315 sea repartida de nuevo, para que se discuta una nueva ponencia elaborada por un magistrado sin intereses particulares en el tema.
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