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sábado, 3 de septiembre de 2016

Editorial: Frente a los acuerdos de paz, no caigamos en la trampa del texto

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El pasado 24 de agosto, la mesa de negociaciones entre el gobierno nacional y las FARC en la Habana anunciaron el acuerdo definitivo que engloba las negociaciones de paz. De inmediato se anunció la convocatoria para el plebiscito refrendatorio de la totalidad de los acuerdos, que se llevará a cabo a principios de octubre. De inmediato ha comenzado una campaña de difusión y análisis del texto de los acuerdos, que suman 297 páginas.

Cierto es que la decisión central sobre cómo votar en el plebiscito debe estar basada esencialmente en el texto de los acuerdos. El plebiscito es la aprobación de tales acuerdos en concreto, y no es de recibo pretender la existencia de una "obligación moral de votar SI", como si se tratara de una ecuación elemental (SI=Paz/NO=Guerra). La idea de que el SI al plebiscito es lo que nos traerá la paz, es de por sí discutible, considerando que un mal acuerdo no sólo no traerá la paz, sino que hasta podría encrudecer la guerra.

En Voto Católico hemos comenzado a hacer un estudio detallado del texto de los acuerdos, que esperamos publicar pronto. No obstante, la primera advertencia que consideramos pertinente es evitar creer que el acuerdo de paz se limitará a lo escrito en el texto. En efecto, a lo largo del texto de los acuerdos, aparece recurrentemente la creación de organismos de verificación e implementación de los acuerdos (entre los cuales estaría el Tribunal Especial para la paz, frente al cual el Papa Francisco declinó la invitación a conformarlo) con la participación de las FARC y el gobierno. Tales organismos representan una amenaza real de que los acuerdos de paz conduzcan a políticas que no se encuentran enunciadas literalmente.

Se trata de lo que hemos venido sufriendo con la Corte Constitucional, creada por la Constitución del 91, y que ha impuesto en Colombia el aborto, la eutanasia, "matrimonio" y adopción gay, a pesar de que la Constitución no autoriza ninguna de esas prácticas, sino que las prohibiría. Todo valiéndose de concepto tan voluble y contradictorio como el supuesto "derecho al libre desarrollo de la personalidad" que la Corte ha erigido en clave de interpretación de todo el texto constitucional.

Es lo mismo que ocurre con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, garante del Pacto de San José, que forzó a Costa Rica a admitir la Fertilización In Vitro a pesar de que el Pacto en su artículo 4 protege la vida desde la concepción. Lo mismo que ocurre con el Comité de los Derechos del Niño, que está presionando a los países a legalizar el aborto, a pesar de que la Convención de los Derechos del Niño reconoce al niño por nacer como sujeto protegido por la convención.

En ese orden, es importante tener presente que aunque ciertas medidas no aparezcan literalmente en el texto de los acuerdos, no significa que estas no ocurran como resultado de un voto favorable al plebiscito. Los acuerdos podrían ser objeto de "interpretación" por parte de estos organismos, y dar pie a extralimitaciones de todo tipo gracias a expresiones como "enfoque de género" o "promoción de movimientos sociales LGBTI", y terminar en la imposición de la ideología de género que el mismo presidente Santos negaba estar promoviendo.

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