
El gobierno saliente de Gustavo Petro ha expedido La Resolución Conjunta 1350 de 2026. Con el título de "Política Nacional Intersectorial de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos", este acto administrativo de 106 páginas impone por decreto la ideología de género en todos los niveles del Estado y de la sociedad colombiana. El objetivo declarado de la política pública es la transformación de la sociedad y la cultura colombiana en función de la ideología de género, y para ello se propone utilizar todos los instrumentos coercitivos del Estado.
La política no sólo declara la obligación del Estado de garantizar el libertinaje sexual y el adoctrinamiento de los menores, sino que se incluye el ataque directo a todo aquello que se oponga a ello, llámese costumbre, moral, religión, higiene, etc. No existe ninguna salvedad que limite estos "derechos" respecto de los menores de edad. Por el contrario, la política es explícita en declarar que la Educación Sexual comienza desde la “primera infancia”.
La política pública impone el “enfoque de género” como un principio transversal que debe regir todas las instituciones del Estado y, lo que es más grave, todas las entidades privadas que desarrollen actividades de "interés público". No hay escapatoria. Si usted tiene un colegio, una clínica, una empresa, o simplemente recibe recursos del Estado, está obligado a adoptar la ideología de género so pena de sanción.
Firma ahora, y exige al presidente electo, Abelardo De la Espriella que tome medidas concretas para poner fin a la agenda de imposición ideológica de la izquierda progresista.
Excelentísimo Señor Presidente Electo Abelardo De la Espriella,
Por medio de la presente me dirijo a usted con el profundo respeto que merece su investidura, pero también con la firmeza y urgencia que exige la grave situación que enfrentamos.
Durante su campaña presidencial, usted se comprometió con la protección de la vida, la familia y la libertad de conciencia. Hoy, esa promesa se enfrenta a una prueba de fuego. El pasado 10 de julio, el gobierno saliente, mediante la Resolución Conjunta 1350 de 2026, impuso por decreto una política de ideología de género que atenta directamente contra los valores que usted invocó en la campaña y por los cuales millones de colombianos le dimos nuestro voto.
Esta resolución, de alcance totalitario, impone el “enfoque de género” como un principio transversal que debe regir todas las instituciones del Estado y, lo que es más grave, todas las entidades privadas que desarrollen actividades de "interés público". Se pretende así la transformación de la sociedad y la cultura colombiana en función de la ideología de género, y para ello se propone utilizar todos los instrumentos coercitivos del Estado.
Señor Presidente Electo, la derogación de esta norma el mismo día de su posesión es una medida impostergable. Sin embargo, no podemos contentarnos con apagar una máquina que podría ser reactivada por un gobierno futuro. Por ello, como ciudadanos defensores de la vida y la familia, reclamamos la implementación de las medidas concretas para poner fin de forma definitiva a la imposición pública de la ideología de género. Por ejemplo:
Protección de la objeción de conciencia sanitaria: Crear mecanismos que protejan el derecho fundamental a la objeción de conciencia del personal sanitario, tal como lo consagra el artículo 18 de la Constitución Política de Colombia, impidiendo que se considere su ejercicio como un "uso indebido" y garantizando que ningún profesional de la salud sea sancionado por negarse a practicar procedimientos contrarios a sus convicciones éticas o religiosas. Objeción institucional para entidades religiosas: Establecer mecanismos claros para que las entidades religiosas puedan ejercer la objeción institucional, al tenor del literal g) del artículo 7° de la Ley Estatutaria 133 de 1994, garantizando que los colegios, clínicas y otras instituciones de inspiración religiosa no sean obligados a adoptar contenidos o prácticas que contradigan directamente la misión para la cual fueron fundadas. Derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos: Crear mecanismos concretos que permitan a los padres impedir que sus hijos reciban contenidos contrarios a sus convicciones morales, de acuerdo con el literal h) del artículo 6° de la Ley Estatutaria 133 de 1994, garantizando que ninguna institución educativa pueda imponer a los menores enseñanzas que atenten contra la formación ética y moral que sus padres han decidido para ellos. Protección del Derecho a la Inocencia de los niños: Tipificar la exposición de los menores a la propaganda LGBTI+ e Ideología de Género como una forma de abuso sexual y psicológico, según el artículo 18 y el numeral 4 del artículo 20 de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia), protegiendo así a nuestros niños y niñas de la sexualización precoz, el grooming y la instrumentalización ideológica a la que pretenden someterlos.Señor Presidente: la historia le dará la razón si actúa con la valentía que exigen estos momentos. Esta es su oportunidad de demostrar que su compromiso con la vida y la familia no fue una estrategia de mercadeo electoral, sino una convicción profunda e irrenunciable.
Esperamos una respuesta contundente que proteja a las familias colombianas y que devuelva a nuestra Nación el rumbo de la verdad y la justicia.
Atentamente,
[Tu firma]





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