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martes, 11 de febrero de 2020

FIRMA: Que el asesinato del niño Juan Sebastián Medina no quede impune

Juan Sebastián Medina era el hijo de de Juan Pablo Medina y Angie Tatiana Palta quienes llevaban una relación de 14 meses. Según el padre de Juan Sebastián el embarazo había sido planeado por los dos y al principio el embarazo iba perfectamente bien, hasta que en el pasado mes de diciembre cuando ella, que es estudiante en la Universidad del Cauca, comenzó a recibir presiones de su familia que amenazaron con retirarle el apoyo si no abortaba al niño.

Juan Pablo perdió contacto con su novia quien se internó con el propósito de abortar al niño, a pesar de que ya cumplía los siete meses de gestación y era perfectamente viable para vivir por fuera del útero. El padre había dejado claro que estaba dispuesto a hacerse cargo del niño por sí mismo y sólo pedía que se le permita nacer. El niño venía perfectamente sano y la EPS de la Universidad del Cauca ya había diagnosticado que el embarazo no representa ningún riesgo para la salud de Angie Tatiana Palta. De hecho, la razón que presenta la madre del niño es que “No me siento bien ni preparada para asumir un parto”, lo cual no se corresponde con ninguna de las causales despenalizadas por la Corte. No obstante para Profamilia, esa sola afirmación ha sido suficiente para expedirle un certificado por riesgos para la salud mental y "social".

Una vez supo que su novia, de 22 años, se había internado “voluntariamente” en una clínica de Cali para que le practicaran la mal llamada “interrupción voluntaria del embarazo”, Juan Pablo interpuso un denuncio penal en la Fiscalía (que de nada sirvió) y una acción de tutela, pidiendo medidas provisionales de protección inmediata para su hijo.

El juez de tutela negó las medidas provisionales solicitadas por Juan Pablo, pero estableció que “no resultaba posible (…) dar por cumplido el requisito establecido por la Corte Constitucional referido a la certificación médica (…)”, teniendo en cuenta que el ginecólogo “no es el idóneo para conceptuar frente a la salud mental de una persona”. Por eso, solicitó una nueva valoración a la EPS de la madre gestante antes de que se hiciera el aborto.

Sin embargo, a pesar de que el juez había ordenado a la EPS una nueva valoración médica, en la impugnación del fallo de tutela presentado por Juan Pablo, Profamilia declaró que “verificó el cumplimiento de la causal salud (de la madre) y gestionó la realización del procedimiento como era su obligación”, es decir que ni atendió al cumplimiento de la orden del juez acerca de la nueva valoración por parte de la EPS, ni esperó siquiera a que el fallo de tutela quedara en firme.

Juan Sebastián Medina no murió, fue asesinado a manos de Profamilia, y pasa a sumar la creciente lista de niños a los que Profamilia ha matado cuando eran perfectamente capaces de sentir, respirar y sobrevivir por fuera del útero. Juan Sebastián no representaba ningún riesgo para la vida ni la salud de su madre, pero Profamilia quiso encubrir con un supuesto certificado lo que corresponde con toda seguridad a las presiones de la familia de la madre, para que abortara.

Firma ahora, y pídiele a la Fiscalía General de la Nación que investigue a Profamilia por el asesinato de Juan Sebastián Medina, encubriendo como "salud mental" la práctica criminal del aborto forzoso, y que su muerte no quede impune.

Sres.
Fiscalía General de la Nación. 
Hace pocas horas se conoció que Profamilia efectuó el asesinato del niño Juan Sebastián Medina alrededor del 22 de enero, a pesar que el juez no encontró que se certificara aún la causal despenalizada. 
El pasado 17 de enero de 2020 el juez denegó la medidas provisionales solicitadas por Juan Pablo Medina en representación de su hijo, para pedir la protección de su derecho fundamental a la vida. En el Auto establece que el certificado médico expedido por Profamilia no es válido para establecer el cumplimiento de la causal salud mental, por lo cual ordenó una nueva valoración médica por parte de la EPS Universidad del Cauca a la cual estaba afiliada Angie Tatiana Palta. 
No obstante, a través de la impugnación de la tutela, se ha sabido que Profamilia procedió con el homicidio del menor Juan Sebastián Medina, sin que se hubiera cumplido la instrucción del juez para verificar la causal salud, y sin que el fallo de tutela haya quedado en firme. Por lo cual, solicitamos a la Fiscalía General de la Nación, abrir investigación para investigar la comisión de un delito de aborto por fuera de las causales despenalizadas en la C-355 de 2006. 
Adicionalmente, el testimonio del padre evidencia que la madre del menor, Angie Tatiana Palta fue objeto de presiones por parte de su familia para obligarla a abortar, por lo cual solicitamos se investigue la posible comisión de un aborto forzado, y la complicidad de Profamilia en su realización y encubrimiento.

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