Suscríbete a nuestro Boletín Semanal




Únete a Voto Católico Colombia

miércoles, 29 de abril de 2015

Consejo Nacional de Laicos recusa a magistrados Palacio y Córdoba en proceso sobre adopción gay

El Consejo Nacional de Laicos ha presentado un incidente de nulidad ante la Corte Constitucional en el trámite de la demanda D-10371 contra algunos artículos del Código de Infancia y Adolescencia. En el incidente se recusa a los magistrados Jorge Iván Palacio y al conjuez Jaime Córdoba Triviño, y se coadyuva la recusación presentada por el Procurador General de la Nación contra el magistrado Luis Ernesto Vargas, así como se pide la nulidad de todo el trámite de la demanda, dado que ya ha sido proyectado el fallo por parte del magistrado Palacio, incurso en impedimento por conflicto de intereses.

Las causales de impedimento de los magistrados de la Corte Constitucional se encuentran estipulados en el Decreto Ley 2067 de 1991:

Articulo 25. En los casos de objeciones del Gobierno a un proyecto de ley por inconstitucionalidad y en los de revisión de los decretos dictados en ejercicio de las facultades que otorgan los artículos 212, 213 y 215 de la Constitución Nacional, serán causales de impedimento y recusación: haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada: haber intervenido en su expedición; haber Sido miembro del Congreso durante la tramitación de/ proyecto; 0 tener interés en la decisión.

El magistrado Jorge Iván Palacio es recusado por ser tío de la menor cuya adopción fue reclamada por dos lesbianas de Medellín y concedida por la Corte en la sentencia SU-617 de 2014. En ese entonces, el magistrado Palacio dijo no estar enterado del vínculo de consanguinidad con la menor y por ello no se declaró impedido. Sin embargo, frente a la evidente nulidad de aquella sentencia, las nuevas demandas que han sido presentadas sobre el mismo objeto, también presentan un evidente conflicto de intereses al magistrado que, sin embargo, no se ha declarado impedido.

El conjuez Jaime Córdoba Triviño es recusado por haberse pronunciado en torno a la adopción de menores por parejas del mismo sexo en el salvamento de voto de la sentencia, C-841 de 2001, con lo cual no es posible esperar del ex magistrado un juicio imparcial:

"¿Qué articulo de la Constitución impide que una pareja homosexual seria. responsable estable adopte? La Corte responde: en la frase del inciso primero del articulo 42 que dice que sólo "un hembra una mujer" pueden "contraer matrimonio". La Constitución responde otra cosa en el mismo articulo, tan sólo cuatro incisos más abajo: "la pareja tiene derecho a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos.

La decisión de la Corte excluye, en cualquier situación, la posibilidad de que una pareja homosexual adopte una niña o un niño. Los suscritos magistrados consideramos que la expresión formada por el hombre y la mujer debió haber sido declarada inexequible, para que sean 105 funcionarios competentes, quienes después de hacer los correspondientes estudios psicológicos. económicos y demás, decidan si para cada caso concreto el Interés superior del niño coincide o no con el deseo de pareja, heterosexual, homosexual, de adoptado. No creemos que ello sea posible establecerlo de manera general, previa y abstracta, con base en la imposición de una visión de familia que desconoce el espíritu amplio y democrático de la Constitución del 01."

A continuación, el incidente de nulidad y recusación:

Leer más...

Consejo de Estado admite demanda en contra de la Resolución que reglamenta la eutanasia

La sección primera del Concejo de Estado ha admitido a trámite la demanda presentada por el concejal de Bogotá, Marco Fidel Ramírez, en contra de la resolución 1216 de 2015 por medio de la cual el Ministerio de salud pretende reglamentar la práctica de la eutanasia en Colombia.

Ahora, el Ministerio de Salud tendrá cinco días hábiles para responder a los cargos presentados por el concejal, y luego el alto tribunal tendrá que tomar la decisión. El concejal además pidió la suspensión de la resolución mientras el tribunal resuelve.

En la demanda, el concejal acusa la falsa competencia del Ministerio para regular un tema que es materia de ley estatutaria  y por ello corresponde al Congreso de la República, además de estar imponiendo límites al ejercicio de los derechos fundamentales, como la libertad de conciencia, y acusa también la falsa motivación del ministerio, pues el cumplimiento de una sentencia judicial no puede implicar la invasión de la competencia de otras ramas del poder público.

“este tipo de derechos, por su naturaleza y núcleo esencial, debe ser regulado por una ley estatutaria y no por un acto administrativo del Ejecutivo, circunstancia jurídica que señala que el Ministerio de Salud y Protección Social, no tiene competencia para regular y/o reglamentar la muerte digna (…) el Ministerio se extralimita del marco de acción de las directrices y sugerencias que le ordenó la jurisprudencia de la Corte Constitucional y entra materialmente a regular una materia de reserva estatutaria, por lo tanto, está introduciendo normas, funciones y facultades en el ordenamiento jurídico, sin competencias constitucionales y legales para hacerlo”, reza la demanda.

Por su parte, la sentencia T-970 de 2014 que ordenó al Ministerio de Salud la regulación de la eutanasia, también ha sido demandada de nulidad por parte del Procurador General de la Nación, quien también dijo que podría demandar la resolución.

Leer más...

viernes, 24 de abril de 2015

La falacia de Catalina Uribe sobre la eutanasia

En su columna semanal de El Espectador, la profesora Catalina Uribe critica el pronunciamiento de Mons. Juan Vicente Córdoba en que anunció que si el gobierno insiste en obligar a las instituciones de salud a practicar la eutanasia, la Iglesia se verá obligada a cerrar todos sus hospitales. La columna entera está planteada sobre una falacia tal, que nos lleva a pensar si la columnista conoce la postura de la Iglesia sobre la eutanasia, o si siquiera sabe lo que es la eutanasia.

El núcleo del argumento de la columnista se encuentra en el tercer párrafo del artículo:

La Iglesia, al oponerse a la buena muerte, está impidiendo que la vida siga su curso. Si dios existe y nuestra vida le pertenece, habría que pensar que tal vez en ciertos casos es esta fuerza superior quien nos reclama. ¿A qué juega la religión cuando le pide a la ciencia que prolongue la vida en condiciones que la más básica piedad impediría? A veces parecería que no es la ciencia la que juega a ser dios, sino la misma Iglesia.

La Iglesia jamás ha pedido que se prolongue la vida artificialmente. Antes por el contrario, la Iglesia reconoce como moralmente lícito que el paciente renuncie al uso de medios terapéuticos “desproporcionados”, es decir, que sean excesivamente costosos o peligrosos o que no ofrezcan esperanzas reales de mejoría. Esto, que es justamente “permitir que la vida siga su curso”, nada tiene que ver con la eutanasia, que es el homicidio del paciente a manos del médico. En la eutanasia no es “una fuerza superior” la que reclama la vida del hombre, sino el médico que a través de una inyección letal ciega la vida que juró proteger.

La eutanasia es un crimen, y cuando el Ministerio de Salud pretende obligar a las instituciones a practicarla, está forzando a los médicos y al personal del hospital en general a convertirse en cómplices de este. Al negar la posibilidad de que las instituciones objeten la práctica, el gobierno pone a los hospitales de la Iglesia entre la espada y la pared, pues o renuncian a sus principios institucionales y a se suman al delito, o incumplen con la resolución y se atienen a las sanciones que el gobierno les quiera imponer. Con esta resolución el gobierno está emprendiendo una persecución abierta contra la Libertad Religiosa de las instituciones de salud de la Iglesia al pretender obligar a los fieles a pecar.

Leer más...

jueves, 23 de abril de 2015

Celebrarán misa por los cristianos perseguidos y víctimas del Estado Islámico en Siria

screenshot-campaigns.iglesiaquesufre.co 2015-04-22 17-51-13

La Fundación Ayuda a la Iglesia que Sufre en Colombia está convocando a una misa para pedir por los cristianos perseguidos por el Estado Islámico en Irak y en Siria. La Fundación AIS-Colombia invita a no ser indiferentes frente a esta dura realidad y a informar sobre la crisis que sufren los católicos y cristianos por ser una minoría en países donde no se respeta el derecho fundamental de la libertad religiosa.

“La Fundación AIS-Colombia, hace extensivo el llamado a todos los colombianos para que en unión con el Papa eleven a Jesús sus oraciones y actúen en favor de todos los perseguidos por su fe.” La misa se celebrará el próximo miércoles 29 de abril de 2015 en la Parroquia la Inmaculada de Bogotá, a las 6:00 p.m. (Cra 11ª. N 88-12).

La solemne misa será concelebrada por el P. Astolfo Moreno, presidente de la Fundación AIS-Colombia y el P. Rafael de Brigard, párroco de la Iglesia la Inmaculada Concepción.

La Misa celebrada por los católicos de Siria y Medio Oriente, hace parte de la campaña que lanzó AIS, el pasado 07 de abril y que pretende recaudar tres millones de euros entre los 21 países en los cuales está presente con el fin de apoyar la ejecución de 30 proyectos de ayuda básica para los católicos residentes en Siria, víctimas de una fuerte persecución por causa de su fe.

Estos proyectos contemplan la entrega de ayudas de artículos de primera necesidad entre los que figuran medicinas, comida, zapatos, electricidad, construcción de refugios y agua, entre otros.

screenshot-campaigns.iglesiaquesufre.co 2015-04-22 17-50-07

Leer más...

miércoles, 22 de abril de 2015

Iglesia podría cerrar sus hospitales si el gobierno insiste en obligarlos a practicar la eutanasia

Según unas declaraciones de Mons. Juan Vicente Córdoba, obispo de Fontibón y presidente de la Comisión Episcopal de promoción y defensa de la Vida, la Iglesia cerraría los hospitales vinculados a ella, si el gobierno insiste en forzar a todas las entidades de salud a practicar la eutanasia, según la resolución 1216 del 20 de abril de 2015 del Ministerio de Salud. En entrevista con Colprensa también criticó que el Ministerio de salud estuviese suplantando las funciones del Congreso de la República al pretender reglamentar un tema que aún no ha sido legislado.

El obispo señaló que la Iglesia acudirá a todas las instancias “legales nacionales e internacionales y de no conseguir respuestas frente a la eutanasia, procederemos a cerrar todos nuestros hospitales si insisten en obligarnos a matar”. Cabe recordar que la iglesia cuenta con un gran número de instituciones prestadoras de salud en el país de primer nivel, como es el caso del Hospital Universitario San Ignacio, en Bogotá.

"El gobierno no tiene potestad para hacer esta reglamentación (...) ahí está la primera falla jurídica, esto no es por fe o por el evangelio, ni la corte puede dar leyes, ni le toca reglamentar a un ministro, sólo da leyes y reglamenta el Congreso de la República, tomaron un atajo inconstitucional y no lo podemos aceptar desde el punto de vista jurídico".

El prelado afirmó que la vida de todo ser humano debe ser respetada desde su concepción hasta la muerte natural, por lo que hizo un llamado al ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe para que "en lugar de legislar para buscar una muerte digna, brinde una mayor atención al servicio de salud de los pacientes en Colombia".

Las declaraciones de Mons. Córdoba responden a una disposición de la resolución 1216 en la cual se obliga a las IPS a procesar las solicitudes de eutanasia y a asegurarse de que en la institución haya médicos dispuestos a practicar la eutanasia; y se afirma que en ningún caso las instituciones de salud podrán objetar la práctica. Esto ya fue denunciado por el representante del episcopado ante el Estado, el P. Pedro Mercado como una violación de la Libertad Religiosa, pues obliga a los hospitales de la Iglesia a actuar en contra de sus principios confesionales.

Leer más...

martes, 21 de abril de 2015

En un país de guerra se promueve la muerte como un derecho, por Dra. Danelia Cardona

Reproducimos la columna de la Dra. Danelia Cardona. Directora del departamento de la Conferencia Episcopal para la promoción y defensa de la vida, publicada originalmente en el sitio web de la CEC.

Escrito por: Dra. Danelia Cardona - La Corte Constitucional vuelve a atentar en contra de la dignidad de toda vida humana al argumentar el falso derecho a "morir dignamente". Es además perturbador y cuestionador la manera como la Corte toma sentencias de tutelas, que responden a un caso específico, y se imponen como ley estatutaria, que además es una función que le corresponde al Congreso; no al Ministerio de Salud ni mucho menos a la Corte.

Esta última tutela con la que la Corte "ordena" al Ministerio de salud posee dos gravísimas circunstancias para la autonomía, la libertad y la dignidad del ser humano. A través de esta sentencia de tutela (T290/14) la Corte establece, que contrario a la legislación mundial, el nivel de "indignidad" lo establece el paciente, y no una medición objetiva del dolor y el sufrimiento que generan las enfermedades terminales y algunas crónicas, esto deja la puerta abierta para que cualquiera solicite la eutanasia. Lo grave es que además el médico, institución de salud están en la obligación de aplicar la eutanasia, tal como sucede con el aborto. La segunda circunstancia que atenta gravemente contra la libertad y la vida de la persona humana es que la familia puede sustituir el consentimiento. Es decir, la familia decide subjetivamente también, cuando la persona "necesitaría" la eutanasia, poniendo en grave riesgo la autonomía y la libertad de la persona, así como también deja en oscuridad las motivaciones para este tipo de decisiones.

De esta manera, sumado a la legislación actual del aborto, Colombia entra a las filas de legislación más liberal del mundo, en contra de la persona humana. En Holanda, donde la eutanasia lleva legalizada un poco más de 10 años existe preocupación porque son muchos los pacientes "eutanizados" que no cumplen los "estrictos" criterios con el que se despenalizó esta práctica. Desde hace un lustro, el porcentaje de adultos mayores, sin enfermedad crónica que solicitan la eutanasia aumenta. Los pacientes psiquiátricos ocupan hoy el 4% de los pacientes que mueren con la eutanasia y los recién nacidos también entran al grupo de pacientes que mueren bajo la eutanasia.

La eutanasia tiene un grave mensaje para la sociedad, la vida de una persona vale sólo en la medida en que ésta sea útil o que no sea un peso para los demás, dejando el valor y la dignidad de la vida humana a merced de una visión utilitarista de la persona humana. Esta visión de la vida humana en un país azotado por la guerra, por la violencia y por la indolencia frente a los actos de barbarie nos lleva a la continua deshumanización de la sociedad con las consecuencias que hoy vemos en nuestro egoísmo, intolerancia y el nivel de violencia verbal, no verbal, física y psicológica que manejamos los colombianos. Rodeados de estas circunstancias, ¿cómo promueve el gobierno la muerte de más seres humanos como un derecho?

La práctica de la eutanasia impide el desarrollo de los cuidados paliativos, la respuesta al conjunto de diferentes dolores que sufre una persona que está próxima a morir o cuya vida debido a la enfermedad se ha tornado difícil. La muerte es parte de la vida, y es un paso que todos debemos dar de la mejor manera posible. Como decía Dame Cecily Saunders fundadora del movimiento de los hospicios en el mundo: "hay gente que prefiere morir de un infarto en una cancha de fútbol, yo quisiera tener el tiempo para pedir perdón, dar gracias y decir adiós".

Danelia Cardona Lozada MD MRCPsych
Médico Psiquiatra - Especialista en Bioética
Dir. Dpto. Promoción y Defensa de la Vida
Conferencia Episcopal de Colombia

Leer más...

lunes, 20 de abril de 2015

Denuncian que Ministerio de Salud no tiene competencia para reglamentar la eutanasia

Las fundaciones Laicos por Colombia y Cultura de la Vida Humana advierten al Ministerio de Salud que no puede reglamentar una sentencia de la Corte Constitucional sin una ley que regule previamente el tema de la eutanasia en Colombia. La Corte Constitucional tampoco puede ordenar a los ministerios que excedan sus competencias ejerciendo funciones legislativas, en abierta violación de la jurisprudencia del Consejo de Estado.

DENUNCIA A LA OPINIÓN CIUDADANA

1- Un reciente fallo de Tutela de la Sala de Revisión de la Corte Constitucional Sentencia T-970 de 2014, ordenó al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud y Protección Social reglamentar las sentencias sobre Eutanasia, para que se “ emita una directriz y disponga todo lo necesario para que los Hospitales, Clínicas, IPS, EPS y, en general, prestadores del servicio de salud, conformen el comité interdisciplinario del que trata esta sentencia y cumplan con las obligaciones emitidas en esta decisión” para que se aplique el llamado por ellos “ derecho a morir con dignidad” por orden del Estado.

2- El diario El Tiempo en su ediciones del sábado 18 de Abril y el Domingo 19 de Abril, informó que el Gobierno había expedido el pasado viernes la Resolución reglamentaria para aplicar la eutanasia. Advertimos a la opinión pública que eso no es cierto, pues revisadas las fuentes oficiales lo que existe es un proyecto de resolución que se sometió a consultas públicas entre el 17 y 19 de Abril, y no se ha expedido ningún acto administrativo reglamentario.

3- Ante las graves pretensiones de los Magistrados de la Sala de Revisión de Tutela de la Corte Constitucional, de suplantar al Congreso de la República, el Gobierno nacional debe abstenerse de expedir la reglamentación de la eutanasia, por las siguientes razones jurídicas y de derechos humanos:

3.1 – El Consejo de Estado en sentencia del 13 de Marzo de 2013, expediente 2008-256, que anuló el Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de Protección Social que pretendió reglamentar la sentencia C-355/06 sobre los casos de aborto, también le ordenó al Gobierno Nacional que respete la competencia legislativa del Congreso de la República, y advirtió que le está prohibido reglamentar sentencias de la Corte

Constitucional. El Gobierno solamente puede reglamentar y hacer cumplir las leyes del Congreso, pero no puede tratar materias que no hayan estado previamente contenidas en una ley. Desobedecer esta sentencia del Consejo de Estado, podría hacer responsable penal y disciplinariamente al Ministerio de Salud, de incurrir en fraude a resolución Judicial y delito de prevaricato.

3.2 – Las presiones internacionales y de grupos de interés para establecer las políticas Eutanásicas, buscan afrontar engañosamente el envejecimiento de la población, reducir el gasto público en salud para atención de enfermedades graves, incrementar las ganancias del negocio de la salud, facilitar a los parientes decidir sobre la muerte de sus allegados y exterminar a las personas excluidas que consideran una carga para la sociedad. Así proponen la eliminación sistemática de los ancianos, minusválidos, enfermos terminales y crónicos, con la expedición de normas que permitan impunemente vulnerar los derechos humanos.

En los debates públicos sobre proyectos de ley de eutanasia, el mas reciente Proyecto de Ley 70 de 2012, se comprobó el carácter genocida de los proyectos de eutanasia, y por eso fueron negados en el foro de la democracia que es el Congreso.

4- Convocamos a una movilización permanente de la ciudadanía ante el Ministerio de Salud y Protección Social, para que amparado en la separación de poderes y la excepción de inconstitucionalidad que consagra que el derecho a la vida es inviolable, se abstenga de expedir la regulación que se ha puesto en consulta de la opinión ciudadana.

A continuación se presenta la intervención realizada por la Fundación Laicos por Colombia, el 19 de Abril de 2015, que ustedes pueden apoyar con sus mensajes a Ministerio de Salud correo: rluque@minsalud.gov.co

Contamos con su activa participación,

CARLOS CORSI OTÁLORA
Presidente
LAICOS POR COLOMBIA

GLADYS BUITRAGO DE AMAYA
Presidente
FUNDACIÓN CULTURA DE LA VIDA HUMANA

Leer más...

Iglesia rechaza la reglamentación de la eutanasia, denuncian violación de la Libertad Religiosa

(CEC) La Oficina para las Relaciones con el Estado del episcopado colombiano a través de una nota firmada por el secretario adjunto del Episcopado, P. Pedro Mercado, ha reiterado el rechazo de la Iglesia Católica a la reglamentación de la eutanasia en Colombia.

Además de recordar que la eutanasia no es un derecho fundamental sino que por el contrario constituye un grave atentado contra la sacralidad de la vida humana, la nota del Episcopado recuerda que "el Ministerio de Salud no puede llevar a cabo la reglamentación de la eutanasia porque no existe una ley del Congreso sobre esa materia. Así lo ha reiterado recientemente el Consejo de Estado".

En la misiva el Episcopado recuerda que "la Corte Constitucional no está capacitada para atribuir a los poderes del Estado competencias que extralimitan las previstas en la Carta Magna. Ello afectaría gravemente el equilibrio de poderes previsto en el vigente orden constitucional".

A juicio del Episcopado, la reglamentación prevista por el Ministerio de Salud viola gravemente el derecho a la vida, el derecho de libertad religiosa y de consciencia consagrados en la Constitución. El Episcopado recuerda que "el personal sanitario y las instituciones de salud que dependen de la Iglesia no pueden practicar la eutanasia bajo ninguna circunstancia. Si no se garantiza el derecho a la objeción de consciencia de esas personas e instituciones se estaría violando gravemente el derecho fundamental de libertad religiosa y de consciencia consagrados en la Constitución. Dicho acto de agresión a nuestros principios morales pondría en riesgo la cooperación de la Iglesia Católica con el Estado en el campo de la salud".

Leer más...

sábado, 18 de abril de 2015

MinSalud publica el proyecto de resolución con la que reglamentaría la eutanasia

El Ministerio de Salud y la Protección Social ha publicado en su página web el proyecto de resolución por medio de la cual se propone cumplir con las órdenes que le impartió la Corte Constitucional en la sentencia T-970 de 2014, y reglamentar la eutanasia en el país. Con esta decisión la Corte abrió la puerta para la legalización de la eutanasia por vía de decreto, obviando al Congreso de la República que a la fecha ha rechazado cuatro proyectos de ley con el mismo propósito.

En la resolución se contemplan directrices que habían sido impartidas por la Corte Constitucional y que exceden por mucho el marco que había sido establecido por la sentencia C-239 de 1994, y que empeoran aún más la normativa, tales como negar toda posibilidad de que las instituciones de salud objeten la práctica de la eutanasia por motivos institucionales, y la opción de “consentimiento sustituto”, es decir que otras personas diferentes al paciente puedan solicitar la eutanasia por él. De hecho, sorprende ver que en el proyecto de resolución se contemple el consentimiento sustituto, pero no se deje claro quienes están legitimados para darlo.

Según informa el ministerio en su página web, la resolución está aún en proyecto. Las observaciones y comentarios serán recibidos desde el 17 de abril hasta 19 de abril de 2015 a las 3:30 pm; en el correo electrónico rluque@minsalud.gov.co o en la línea telefónica 330 50 00 extensión 1424.

A continuación el texto del proyecto de resolución.

Leer más...

viernes, 17 de abril de 2015

Proyecto de ley de donación de órganos aprobado en primer debate

CCki8W6WIAANRU3

La comisión primera de la Cámara de Representantes ha aprobado en primer debate el Proyecto de Ley 91 de 2014 Cámara del representante Rodrigo Lara Restrepo, en el cual se modifica la ley 73 de 1988 sobre donación de órganos. Este proyecto elimina la disposición de la ley que permite a los familiares del difunto oponerse a la extracción de órganos de este.

Artículo 2º. Para los efectos de la presente Ley existe presunción legal de donación cuando una persona durante su vida se haya abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos o componentes anatómicos después de su fallecimiento, si dentro de las seis (6) horas siguientes a la ocurrencia de la muerte cerebral o antes de la iniciación de una autopsia médico-legal sus deudos no acreditan su condición de tales ni expresan su oposición en el mismo sentido. (Expresión eliminada por el proyecto de ley)

Sobre este tema, la ley fue demandada de constitucionalidad en 2007 y fue declarada exequible por la Corte Constitucional en la sentencia C-933 de 2007, bajo condición de que se respetara el derecho de los familiares a oponerse a la extracción de órganos.

En síntesis, la Corte concluye en esta oportunidad, en relación con el tema de donación de órganos y la presunción legal de donación, que esta cumple con un fin constitucional legítimo y persigue la conciliación del principio de libertad y solidaridad social. Sin embargo, para la Corte esta figura debe respetar el derecho de los familiares a oponerse a la extracción de órganos y componentes anatómicos del cuerpo de un familiar fallecido, en aras de respetar la primacía de la libertad individual y los derechos de libertad de conciencia, de religión y de cultos de los familiares. Así mismo, concluye la Corte que el Estado debe asumir frente al tema de la donación de órganos una posición neutra e imparcial respetando las diferentes ideologías o concepciones sobre el bien y lo bueno de los ciudadanos.

(…)

En tercer lugar, esta Sala condicionará la exequibilidad de la norma sub examine atendiendo a la necesidad de garantizar un consentimiento informado y el derecho a la información de los familiares del fallecido, esencial para que se haga efectivo el ejercicio de una decisión libre e informada, en el entendido de que se debe garantizar una información oportuna a los familiares de la persona fallecida que se hayan hecho presentes, sobre lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley 73 de 1988 respecto de la presunción legal de donación y el derecho que tienen de oponerse a la donación de órganos del cadáver del familiar fallecido, deber de información que recaerá sobre el médico responsable de la realización de la autopsia o necropsia. Con este condicionamiento, esta Corte pretende garantizar que se suministre una información idónea y oportuna a los familiares de la persona fallecida que se encuentren presentes, por parte del médico responsable, respecto de sus derechos en virtud de lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley 73 de 1988. En consecuencia, en la parte resolutiva de esta sentencia se condicionará la exequibilidad de la norma demandada en el sentido de que el médico responsable deberá informar oportunamente a los deudos presentes sus derechos en virtud del artículo 2º de la Ley 73 de 1988.

Es de recordar que la Doctrina de la Iglesia considera inmoral la donación de órganos sin el consentimiento del paciente o sus familiares, según recoge el Catecismo de la Iglesia Católica.

2296 El trasplante de órganos no es moralmente aceptable si el donante o sus representantes no han dado su consentimiento consciente. El trasplante de órganos es conforme a la ley moral y puede ser meritorio si los peligros y riesgos físicos o psíquicos sobrevenidos al donante son proporcionados al bien que se busca en el destinatario. Es moralmente inadmisible provocar directamente para el ser humano bien la mutilación que le deja inválido o bien su muerte, aunque sea para retardar el fallecimiento de otras personas.

Leer más...

jueves, 16 de abril de 2015

Peligro, el poder del Gran Hermano: Walt Disney, Coca Cola, Google, Facebook..., por Josep Miró i Ardèvol

Reproducimos el siguiente artículo de Josep Miró i Ardèvol, publicado originalmente en Religión en Libertad.

Es necesario empezar por formular una pregunta evidente: ¿Por qué multinacionales como Walt Disney, Coca Cola, Google, Facebook, Twitter o Apple dedican esfuerzos acordes con su envergadura internacional en difundir la ideología del homosexualismo político? Porque realmente militan con sus postulados, propagan, financian, presionan, y amenazan –y pueden presionar y amenazar mucho. A aquella primera pregunta es necesario añadirle una segunda: ¿Por qué al mismo tiempo ignoran toda otra cuestión, por vital que sea, relacionada con la discriminación y los derechos humanos? Son insensibles al conflicto racial en Estados Unidos, que se ha recrudecido, a la discriminación que sufren minorías como los latinos, ignoran el genocidio cristiano en países musulmanes donde venden sus productos y servicios.

La respuesta es que esto es así porque lo que hacen es actuar como sujetos políticos, tienen una agenda política, ultra liberal en lo económico, y centrada en la ruptura antropológica en lo social: matrimonio y adopción homosexual, ideología de género y aborto constituyen sus postulados, y en su nombre pagan, castigan, boicotean presionan a los gobiernos y a las instituciones sociales. Y que no se utilice el absurdo argumento de que los homosexuales son un mercado importante, y ello por dos grandes razones. La primera, porque son un número muy reducido de personas, entre el 2,5% y 3% de la población, de acuerdo con todos los censos y datos disponibles; y, segundo, porque no todos los homosexuales comparten sus puntos de vista, no todos ni mucho menos son partidarios de convertir su preferencia sexual en un proyecto político. Baste recordar el último caso, el de la pareja gay más famosa de la moda italiana, Dolce & Gabbana, que precisamente fueron criticados y boicoteados por el homosexualismo político, por la herejía de afirmar que "¿la familia tradicional? Una moda que no pasa".

No, la explicación es otra. Se trata de una nueva cultura, un nuevo proyecto social y económico que surge de la sociedad desvinculada y que ha conseguido –de momento- evitar el foco sobre la necesaria transformación social y económica, y convertir a los ultra liberales en gente de izquierdas por promover el matrimonio homosexual. Y a quienes postulamos la justicia social nos tildan de reaccionarios por oponernos a aquella mutación del matrimonio.

Pero con ser esto importante, no es todo. Estamos ante una transformación muy peligrosa: las multinacionales se han convertido en sujetos políticos, pero atención, que no soy un ingenuo: siempre lo han sido a través de personas interpuestas, organizaciones intermedias, partidos, asociaciones. No se bastaban a sí mismas, temían la evidencia de su injerencia política. Este es el gran cambio, ahora muchas de ellas, como las mencionadas, actúan directamente como sujetos políticos, mezclan sin pudor el dinero y sus intereses con la ideología, y eso las hace terriblemente peligrosas. Cuando les conviene son empresas, y cuando les interesa actúan como verdaderos partidos políticos, no como lobbys, sino como partidos. Utilizan su publicidad como propaganda, y su poder económico para amenazar a gobiernos y empresas, como ha sucedido recientemente en el caso de Louisiana, y esto es un grave peligro para la democracia, porque rompe la separación y el equilibrio entre instituciones, liquida la democracia porque el voto no cuenta, solo importa el poder de la empresa, que a su fin de lucrarse al máximo le añade otro, el de formatear nuestras mentes y corazones

Walt Disney, Coca Cola, Google, Facebook, Twitter o Apple son el Gran Hermano, y o nosotros terminamos con esto o ellas terminaran con la democracia.

Leer más...

miércoles, 15 de abril de 2015

Senador Jimmy Chamorro propone eliminar tres festivos religiosos

CCPcxw3UkAA0mOg

El pasado 10 de abril, el senador Jimmy Chamorro ha presentado el proyecto de ley 152 de 2015 Senado, “Por medio de la cual se establecen fechas de días festivos, para el aumento de la competitividad ante los desafíos económicos de los TLC” en el que propone la eliminación de tres festivos que corresponden a festividades católicas y convertirlos en días hábiles. La justificación que presenta para esta propuesta es el mejoramiento de la competitividad empresarial de cara a la entrada en vigencia de los Tratados de Libre Comercio con otros países.

La iniciativa busca que los festivos correspondientes a las festividades de San José (19 de marzo), Corpus Christi (Jueves después de Santísima Trinidad), y Todos los Santos (1 de noviembre), se conviertan en días hábiles, con la opción de que los trabajadores puedan pedir esos tres días, o acumularlos a los días de vacaciones, que pasarán de 15 días a 18. Es importante señalar el congresista Chamorro es líder de comunidades protestantes evangélicas, que rechazan tanto la intercesión de los santos, como la presencia real de Jesucristo en el sacramento de la Eucaristía.

Empero, antes de considerar este proyecto como un ataque contra la vida religiosa de los fieles católicos, valga la pena recordar que los festivos no corresponden exactamente a la fecha de tales festividades religiosas, sino que a causa de la ley Emiliani, el festivo se traslada para el lunes más próximo. Esta ley, promovida por el congresista Raimundo Emiliani Román, conservador para más inri, es la que ordenó el traslado para el lunes de los festivos de la Epifanía (6 de enero), San José (19 de marzo), Ascensión del Señor (40 días después del Domingo de Resurrección), Corpus Christi (jueves después de la Santísima Trinidad), Sagrado Corazón de Jesús (Viernes después del II domingo de Pentecostés), San Pedro y San Pablo (29 de junio), Asunción de la Virgen (23 de agosto) y Todos los Santos (1 de noviembre). Con esta ley, aunque se mantienen los mismos días de descanso, se impide la participación de los fieles en las solemnidades litúrgicas, y aunque la Iglesia colombiana haya trasladado algunas de estas fiestas al domingo, el festivo en lunes ha hecho que la gente prefiera salir de la ciudad en esas fechas, a participar de las fiestas religiosas.

Leer más...

Proyecto de Ley 152 de 2015 Senado (Eliminación festivos religiosos)

El senador Jimmy Chamorro ha presentado un proyecto de ley para eliminar tres días festivos del calendario, y que se conviertan en días hábiles. Los tres festivos son los relativos al día de San José (19 de marzo), Corpus Christi (jueves después de la Santísima Trinidad), y Todos los santos (1 de noviembre). Valga mencionar que hoy en día estos festivos no son en la fecha de las festividades religiosas, sino que se conceden en el lunes siguiente.

----------------------------------------------------

Proyecto de Ley 152 de 2015 Senado

“Por medio de la cual se establecen fechas de días festivos, para el aumento de la competitividad ante los desafíos económicos de los TLC”

Autor: Senador Jimmy Chamorro

Proyecto original (10 de abril) – Gaceta (189/15)

Primer debate en la Comisión II del Senado

Ponente: Jimmy Chamorro Cruz

Ponencia primer debate (2 de junio) – Gaceta (362/15)

Leer más...

martes, 14 de abril de 2015

Iglesia pide no politizar la visita del Papa Francisco a Colombia

(El Tiempo) El anuncio de la visita del papa Francisco a Colombia ha generado una amplia expectativa, no solo para los fieles católicos, sino para diversos sectores de la población, ya que la coyuntura que vive el país frente a las negociaciones entre Gobierno y guerrilla y los mensajes del pontífice, en los que anima a trabajar por la solución del conflicto, han concentrado la atención de su futura visita en la paz.

Sin embargo, como líder mundial de la Iglesia Católica, Francisco vendrá a Colombia con una misión pastoral. En eso enfatiza el padre Pedro Mercado, secretario adjunto de la Conferencia Episcopal, quien llama a que no se reduzca el viaje del papa a temas políticos. Un claro ejemplo, son las declaraciones del presidente Santos cuando se enteró de la visita papal, llamándola “un espaldarazo al proceso de paz”.

“Él vendrá a darnos ánimo para afrontar los enormes desafíos que tenemos de cara al futuro y, pese a que el Evangelio de Jesucristo, que el pontífice predicará, no es ajeno a las circunstancia políticas y sociales concretas del pueblo colombiano, este no es un mensaje que pueda ser encasillado en las ideas de una determinada corriente política”.

De acuerdo con Mercado, la visita del Papa será eminentemente evangelizadora, aunque, según él, esto no es indiferente a la realidad colombiana, pero “la forma como la asume es más amplia y profunda, porque nace de la palabra de Dios”.

Ahora, agrega el padre, el mensaje que el Papa dirigió recientemente a los colombianos muestra que la paz a la que él se refiere no se agota solo en el proceso de negociaciones. “Sí integra ese paso importante, pero va mucho más allá: habla de la paz que se construye con justicia y equidad social, con arrepentimiento y perdón”.

Asimismo, Mercado dice que la paz se debe despolitizar, ya que, de acuerdo con él, no existe una receta única para construirla. “La paz y la reconciliación requieren de la participación de todos porque, incluso desde perspectivas divergentes, todos estamos llamados a aportar a este gran proyecto y destino común que es Colombia”.

Leer más...

sábado, 11 de abril de 2015

FIRMA: los niños tienen derecho a un padre y una madre

El lobby gay ha puesto en marcha su ‘plan B’ para lograr la adopción de niños por parejas homosexuales. De momento, ya ha logrado el empate de la Corte a la que se ha forzado a volver a juzgar lo ya juzgado. De nuevo el ponente ha sido el magistrado Jorge Iván Palacio, sobre quien pesa la sospecha de ser parte interesada por formar parte del proceso dos familiares suyos: su sobrino y su sobrina nieta, hija biológica del sobrino del Magistrado.

El empate 4-4 de la Corte producido esta semana será resuelto por un conjuez: el ex magistrado de la Corte, Jaime Córdoba Triviño, quien tampoco es imparcial por haber dado concepto sobre este tema durante el tiempo que fue magistrado. De esta manera está incurso en causal de impedimento y recusación según el art. 25 y 26 del decreto 2067 de 1991 que impide formar parte de un proceso de constitucionalidad cuando ya se ha conceptualizado sobre el tema.

Y ocurre que Córdoba Treviño hizo una aclaración de su voto en la sentencia C-075 de 2007 en la que se muestra partidario de la adopción homosexual. Así se expresaba entonces:

“Nuestro régimen constitucional proscribe toda forma de discriminación en razón de la orientación sexual.  Pero también es igualmente cierto que la propia jurisprudencia ha señalado que corresponde. (…)La decisión de la Corte resulta sin duda trascendental dado que por primera vez en nuestra jurisprudencia se reconoce para el derecho la existencia de una pareja homosexual - negada e invisible hasta entonces - y se la reconoce por cuanto se encuentra que viola la Carta Política un régimen legal de protección exclusivamente para parejas heterosexuales”

Por otra parte, el procurador Alejandro Ordoñez, ha intervenido en el asunto mediante un concepto en el que muestra claramente que la defensa del interés del menor implica la defensa de la existencia de un padre y una madre:

Debe primar el interés superior del niño y de su derecho a tener una familia en iguales condiciones a los niños que pertenecen a una familia biológica (…) las diferencias genéticas, anatómicas y psicológicas entre el hombre y la mujer tienen una influencia decisiva en la formación de los niños, quienes necesitan para su adecuado desarrollo, de un padre varón y una madre mujer”.

Por último, el secretario adjunto del Episcopado para las relaciones con el Estado, el P. Pedro Mercado Cepeda, ha recordado la falta de “equilibrio” del magistrado Palacio. También recuerda que la cuestión ya fue juzgada el pasado 18 de febrero y resuelta por 5 a 3 con el siguiente texto:

“Las parejas del mismo sexo solo pueden adoptar cuando la solicitud recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente”

Escribe a los magistrados de la Corte y pídeles la nulidad del proceso por ser cosa juzgada, por la sospecha de no imparcialidad del magistrado Palacio y por la contaminación del magistrado Córdoba.

Estimados magistrados.

Con el debido respeto. El pasado 18 de febrero la Corte juzgó la conveniencia o no de la adopción homosexual. Tras un intenso debate jurídico y social la Corte resolvió por 5 a 3 lo siguiente:

“Las parejas del mismo sexo solo pueden adoptar cuando la solicitud recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente”

Volver a juzgar la cosa juzgada unas semanas después no sólo es ridículo e ineficiente sino ilegal. ‘Res in iudicio adiudicata’ 

Pero es que además, permanecen las sospechas de no neutralidad del ponente, el magistrado Palacio por su relación familiar con el caso. Y por si fuera poco, la posible contaminación del conjuez, el ex magistrado Córdoba Treviño, quien ya se mostró partidario del matrimonio homosexual en el 2007 no pudiendo participar en este debate según el decreto 2067 de 1991.

Por encima de todo, está el interés superior del menor a tener un padre y una madre. Les pido que resuelvan conforme a derecho y al interés del niño

Atentamente,
[Tu nombre]

Para más información:

El Procurador, en contra de la adopción de niños por parejas homosexuales

El conjuez Córdoba Treviño está “contaminado”. Aclaración del Voto en la sentencia C-075 de 2007

El juez Palacio, parte interesada en el proceso de tutela de la pareja de lesbianas

Leer más...

viernes, 10 de abril de 2015

Episcopado pide que se investigue al magistrado Palacio por actuación sobre adopción gay

adopcion menores pedro mercado

El Padre Pedro Mercado Cepeda, Secretario Adjunto del Episcopado para las Relaciones con el Estado, solicitó a la Corte Constitucional respetar el derecho fundamental de los menores de edad a crecer en una familia formada por padre y madre.

El Encargado de las Relaciones de la Iglesia con el Estado cuestionó además la falta de "equilibrio" del Magistrado Jorge Ivan Palacio y solicitó que se investigue a fondo su actuación en el caso de la adopción de una menor por una pareja de lesbianas en Medellín. A juicio del sacerdote, "existen motivos para pensar que la Corte fue inducida a dictar sentencia con base en datos falsos. Hasta el momento ese grave hecho no ha sido suficientemente investigado".

Es de recordar que el magistrado Palacio resultó ser tío del padre biológico de la menor cuya adopción demandaban dos lesbianas de Medellín, y que fue concedida por la Corte en la sentencia SU-617 de 2014. Aunque el magistrado reconoció este hecho, dijo que no se había declarado impedido para decidir en el caso porque en ese momento no tenía conocimiento de ello. Sin embargo, la pareja de lesbianas reconoció haberse encontrado con el magistrado en eventos familiares.

No obstante, el magistrado Palacio ha sido el ponente de las dos demandas de constitucionalidad que han sido interpuestas ante la Corte contra el Código de Infancia y Adolescencia, para que la Corte apruebe la adopción por parejas del mismo sexo. A pesar del evidente conflicto de intereses, el magistrado no se ha declarado impedido, sino que por el contrario, proyectó un fallo favorable en ambos casos. En el primero, su ponencia fue derrotada, pero junto al magistrado Luis Guillermo Guerrero y el conjuez José Roberto Herrera consiguieron que la sentencia C-071 de 2015 admitiese la adopción consentida del hijo biológico de la pareja homosexual.

En ambos casos, la Corte recibió incidentes de nulidad y recusaciones contra el magistrado Palacio por el conflicto de intereses, de los cuales, al parecer hizo caso omiso. Ahora con la elección del conjuez Jaime Córdoba Triviño, el lobby homosexual anuncia un fallo favorable, pues al parecer como magistrado ya se había manifestado a favor de la adopción homosexual.

Por ultimo, el P. Mercado recordó que la cuestión de la adopción de menores por parejas del mismo sexo es "cosa juzgada" y cuestionó las argumentaciones jurídicas y científicas que sustentan la nueva ponencia favorable del magistrado Palacios.

Leer más...

jueves, 9 de abril de 2015

Niños desde los tres años de edad están siendo sometidos a “cambio de sexo”

ryland-whittington1-e1403085612534

Londres, 9 de abril de 2015 (AIP) El número de niños pequeños -desde los tres años- que están siendo remitidos al Servicio Nacional de Salud del Reino Unido(NHS) para tratamientos de “cambio de sexo”, se ha cuadruplicado en los últimos seis años, de acuerdo con el Tavistock and Portman Trust, un centro del NHS especializado en temas de género para menores de 18 años.

La clínica de salud mental reportó que 77 niños por debajo de los 11 años han sido remitidos a su Servicio de Desarrollo de la Identidad de Género. De ellos, 20 tenían sólo tres o cuatro años de edad.

En 2009-2010 el centro dijo haber tenido 19 remisiones en total.

Un portavoz de Tavistock and Portman Trust dijo que mientras la disforia de género en los niños es una “condición rara y compleja” que es “frecuentemente asociada con angustia que puede incrementarse en la pubertad… no hay una explicación única y sencilla para el incremento en las solicitudes.”

Él agregó que “es importante notar que la expresión de género se está diversificando, lo cual hace más importante para las personas jóvenes tener la oportunidad de explorar y desarrollar su propia vía, con el apoyo de los especialistas.”

Al notar esta tendencia, los medios británicos reportaron la historia de “Jessica”, un niño de ocho años de edad, que dijo a la BBC que es feliz ahora que puede vivir como si fuera una mujer. “Realmente no quería ser un niño,” dijo él. “Era muy frustrante para mí. Se siente como que estaba en el cuerpo equivocado.”

La madre del menor, que se encuentra en una relación lesbiana, fue acusada de “condicionar” a su hijo para que quisiera ser una mujer. Ella desechó tales reclamos como “absurdos”.

Sin embargo, no todo el mundo está celebrando. La columnista Carole Malone se pregunta por qué el dinero de la salud se está “desperdiciando” en tratamientos de “cambio de sexo” para niños de tres años, quienes “no pueden decidir si quieren deditos de pescado o frijoles al horno para las onces.”

“¿Cómo podría él saber que nació en el cuerpo equivocado?” preguntó. “¿Y cómo podría un niño tan pequeño ser capaz de expresar ese tipo de emociones?”

Ella advirtió en un editorial en el Mirror, que, “Mi temor en todo esto es que si un niño es puesto en un sistema público de “transgénero” a los tres años, ellos podrían nunca salir de él.  Podrían no ser nunca capaces, o no permitírseles, pensar independientemente y ser orientados a creer que ellos son algo que no son.”

El Dr. Rick Fitzgibbons, un psiquiatra, director del Servicios de Consejería Integral cerca de Filadelfia, comparte las inquietudes de Malone.

En un artículo publicado en Aleteia, el Dr. Fitzgibbons dijo que “Es necesario considerar importantes aspectos médicos y psicológicos antes de que los sistemas político, judicial, médico y educativo se lancen de cabeza en un proceso de afirmar en la juventud y sus padres una creencia falsa de que una persona puede ser de un sexo que no es consistente con su identidad biológica y genética y que esos individuos tienen el derecho a la cirugía de “cambio de sexo”. La fijación de creencias falsas es identificada en el campo de la salud mental con manifestaciones de un serio desorden en el pensamiento, específicamente un delirio.”

“Hoy la juventud con confusión de género está siendo alentada a considerar la cirugía de “cambio de sexo” sin ser advertidos de los riesgos severos asociados con tal cirugía o haber dado un consentimiento informado sobre otros tratamientos que podrían resolver su confusión,” dijo.

“Por ejemplo,” continuó el Dr. Fitzgibbons, “en 2011 un seguimiento a la cirugía de reasignación sexual en Suecia, demostró que las personas luego de reasignación de sexo, tienen un riesgo considerablemente mayor de mortalidad, comportamiento suicida, y morbilidad psiquiátrica que la población general.”

No pocos casos de “disforia de género” en menores de edad están asociados con la crianza por parejas del mismo sexo. Es de esperar la realización de estudios que examinen si existe alguna correlación entre estas dos variables.

Con información de LifeSiteNews

Leer más...

miércoles, 8 de abril de 2015

Editorial: #JeSuisChrétien

kenya

El pasado jueves, el grupo terrorista somalí Al Shabab, vinculado con el Daesh, también conocido como “Estado Islámico”, atacaron la Universidad de Garissa en Kenia, matando a 147 estudiantes por el hecho de ser cristianos. Sin embargo, en esta ocasión no hubo el luto global en los medios de comunicación, ningún ex candidato presidencial organizó una marcha, no hubo hashtag para que todos los medios se solidarizaran. La hipocresía fue tan evidente, que incluso las redes sociales dieron cuenta de ello y obligaron a los medios a pronunciarse y cuestionar este doble rasero. En la misma respuesta que los mismos medios dan a esta inquietud, está la respuesta: No quieren solidarizarse con los cristianos.

Veamos las publicaciones que han estado circulando por las redes sociales:

El jueves fueron asesinados 147 estudiantes en la Universidad de #Garissa por extremistas somalíes, ¿por qué no impactó a la opinión pública? --> http://bit.ly/1GiD3iy

Posted by Revista Semana on Lunes, 6 de abril de 2015

El Gobierno de Kenia busca al cerebro de la brutal matanza de 148 personas en Garissa, mientras el dolor recorre el país...

Posted by El Tiempo on Lunes, 6 de abril de 2015

Los medios ahora pretenden fingir indignación, y se acusan a sí mismos de despreciar la muerte de los estudiantes por el hecho de ser keniatas. Pero a toda costa han querido callar que la masacre fue un asesinato selectivo de estudiantes cristianos.

¿Por qué ahora evocan el hashtag #JeSuisKenyan, cuando debería ser #JeSuisChrétien?  Según cuenta la agencia France Presse, los terroristas irrumpieron en la Universidad y separaron a los estudiantes entre musulmanes y cristianos, dejando huir a los primeros y masacrando a los segundos. Pero para los medios no parece muy obvio que el lema para la solidaridad en este caso sea #JeSuisChrétien, y por el contrario proponen el #JeSuisKenyan como forma de ocultar el carácter anticristiano del atentado.

En un editorial anterior, mostrábamos como con el slogan “Je suis Charlie” los medios de comunicación liberales habían querido ponernos a todos a identificarnos con la blasfemia, disfrazándola de “libertad de expresión”. Ahora les resulta imposible decir “Je suis chrétien”, porque como liberales que son, son incapaces de sentir solidaridad hacia los cristianos.

Leer más...

martes, 7 de abril de 2015

Lobby gay en guerra frontal contra la Libertad Religiosa

22112

El Estado de Indiana, en los Estados Unidos ha aprobado una Ley de protección a la Libertad Religiosa, según la cual el Estado no podrá obligar a los empresarios a realizar acciones que vayan en contra de sus convicciones religiosas. La Ley responde a una serie de abusos cometidos a lo largo de los Estados Unidos en que se condenó a cristianos por no cooperar en “matrimonios” entre personas del mismo sexo. Hace apenas una semanas, el Estado de Oregon condenó a una pareja de pasteleros, Aaron y Melissa Klein, por negarse a hacer un pastel de bodas para una pareja homosexual. El año pasado en Colorado otro pastelero sufrió una persecución similar, por negarse hacer el pastel para una boda homosexual que se iba a realizar en Massachusetts. Recién el 25 de marzo, se dio inicio a un juicio contra un pastelero de Belfast, Irlanda del Norte, por negarse a hacer un pastel con la imagen de Beto y Enrique, personajes de Plaza Sésamo, y el slogan “Apoya el matrimonio gay”.

Sin embargo, no terminó de entrar en vigencia la norma, y el lobby gay se levantó en masa para atacar la ley por supuestamente alentar a la discriminación. No importa que otros varios Estados tuviesen normas similares, para ellos el Estado está obligado a proteger la homosexualidad de toda discriminación incluso si ello implica restringir la práctica religiosa. Al final, el gobernador ha tenido que recular y presentar unas modificaciones a la ley que empeoran aún más la situación previa al dejar en forma explícita la idea de que las protecciones a la libertad religiosa no protegerán de cargos contra la discriminación. Si antes se trataba de una abuso por parte de los tribunales al desconocer el carácter de derecho fundamental de la Libertad Religiosa, y la violación que implica obligar a una persona a actuar contra sus convicciones.

Tal parece que la hipertrofia omnipresente del concepto “discriminación” ha llegado a un nuevo hito, en el cual es discriminatorio no sumarse a una ideología o agenda política. ¿Consideraríamos legítimo que so pretexto de no discriminar, se condenara a un impresor por negarse a producir panfletos con mensajes alusivos al Nazismo o al Comunismo? ¿Obligaríamos, so pretexto de no discriminar, a un vegetariano a participar en campañas a favor del consumo de la carne? ¿Por qué entonces se pretende obligar a los defensores del matrimonio y la familia a participar en actos a favor de la agenda homosexual? Lo que están proponiendo los homosexuales es su “derecho” a obligar a todo mundo a estar de acuerdo con ellos y trabajar para su agenda. Resulta obvio que obligar a las personas a actuar en contra de la moral propia de su religión , es en la práctica, prohibir tales creencias. Y lo peor de todo, es que algunos defienden esta persecución frontal contra el Cristianismo con la excusa del “Estado aconfesional”, demostrando lo que ya denunció en su momento San Ezequiel Moreno “un gobierno aun cuando no dicte leyes de persecución contra la Iglesia de Jesucristo con sólo el hecho de mostrarse indiferente para con ella, está ya contra Jesucristo.”

Leer más...

lunes, 6 de abril de 2015

Juan Manuel Galán pide aplazar el proyecto de marihuana “medicinal” para siguiente legislatura

Según informa El Espectador, el senador Juan Manuel Galán ha pedido el aplazamiento del proyecto de ley 80 de 2014 senado para después del 20 de julio, es decir, para la siguiente legislatura. “Creemos que de aquí a junio hay una agenda muy congestionada en la plenaria del Senado por los proyectos de equilibrio de poderes y Plan Nacional de Desarrollo y no se va a tener el espacio y la tranquilidad que requiere este proyecto”, dijo el senador a La Fm.

Valga recordar que en el pasado debate a finales de 2014, y luego de que recogiéramos más de 2.400 firmas contra el proyecto, las bancadas del Centro Democrático y el Partido Conservador, se alinearon en contra del proyecto y junto a la mitad de los congresistas del Partido de la U estuvieron a punto de aprobar su archivo. Este proyecto, que pretende dar carta blanca al gobierno nacional para establecer cualquier norma referente a la producción y comercialización de marihuana, con la excusa del carácter “terapéutico” de esta, se perfila indudablemente como la punta de lanza para la legalización de la droga en nuestro país.

De hecho, recientes estudios realizados en Colorado, Estado que ha sido propuesto por el senador Galán como ejemplo a seguir en la legalización del “uso terapéutico” del cannabis, han encontrado que la marihuana que se comercia de forma legal presenta el triple de concentración de THC (Componente psicoactivo de la marihuana) que antes de la legalización, mientras que los componentes CBD y CBN, supuestamente medicinales, han prácticamente desaparecido.

Leer más...

jueves, 2 de abril de 2015

La marihuana legal cura poco, por Ignacio Aréchaga

Reproducimos el artículo de Ignacio Aréchaga publicado originalmente en su blog en Aceprensa.

La utilidad terapéutica de la marihuana ha sido siempre la punta de lanza para su legalización pura y simple. Son conocidas sus potencialidades terapéuticas para evitar náuseas en pacientes de quimioterapia, para mitigar los espasmos en la esclerosis múltiple,  para aumentar el apetito  en algunos casos de anorexia o para mitigar ciertos dolores. ¿Cómo no aprovechar estos beneficios? La prohibición se presenta entonces como enemiga de los enfermos.

La realidad es que todavía es objeto de debate en la comunidad científica el uso médico de la marihuana, las condiciones en que se ha de administrar en su caso o sus efectos adversos en ciertos pacientes. Su uso terapéutico no está bien justificado aún mediante ensayos clínicos. Mucho más demostrados están los efectos dañinos, que se agudizan en el caso de los adolescentes. En cualquier caso, no hay que confundir el uso terapéutico del cannabis con fumarse un porro.

Pero en algunos sitios ya se ha dado el paso del uso terapéutico a la legalización del uso recreativo de la marihuana. En EE.UU., Colorado fue el primer estado en legalizar el consumo recreativo de la marihuana, tras un referéndum en 2012. Por eso su caso se ha convertido en un experimento para estudiar las consecuencias sanitarias y sociales de la legalización. Y algo empieza a saberse sobre el tipo de marihuana que se vende en el estado, pues media docena de laboratorios tienen autorización para recoger y estudiar las muestras.

Uno de estos laboratorios, Charas Scientific, acaba de presentar sus conclusiones. Según su director, Andy LaFrate, desde la legalización la potencia del principio activo THC, que “coloca” a los usuarios de la droga, se ha triplicado. En la marihuana que se vende en el mercado se han observado valores de concentración del THC cercanos al 30%, lo que es el triple  de lo que se registraba años atrás. La presencia del THC en las plantas de marihuana es variable, pero rara vez supera el 10%.

En cambio, lo que ha disminuido en la marihuana que se vende en Colorado son los componentes supuestamente medicinales. La presencia media del cannabidiol o CBD, que se usa para mitigar los efectos secundarios de la quimioterapia, era apenas un 0,1% en las muestras.  En cuanto al CBN, al que se atribuye un efecto sedante, la mayoría de as muestras no contenían nada. En suma, concluye LaFrate, a más concentración de THC, menos de los otros componentes.

Es decir, la marihuana legal ha favorecido a los que quieren colocarse con droga de mayor potencia, pero ha perjudicado a los que la compran con fines médicos. Lo que se justo lo contrario de lo que al principio se pretendía conseguir.

Leer más...