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domingo, 2 de febrero de 2014

¿Cómo se elige al Congreso en Colombia?

Frente a las diversas preguntas e inquietudes que nos han sido expresadas en los pasados días, hemos decidido ofrecer algunas orientaciones prácticas sobre el mecanismo que existe en Colombia para la elección de los congresistas, y sus implicaciones en la toma de decisión.

Importa más el partido del candidato

En el año 2003, el Congreso aprobó una reforma del sistema electoral que acabó con el sistema de listas múltiples y elección por cociente, que permitía la proliferación de listas uninominales, pequeños movimientos y candidatos independientes. En las elecciones de 2002, en los 100 escaños del Senado, había más o menos 38 listas diferentes representadas.

Con la reforma se impuso la lista única y se adoptó el sistema de cifra repartidora, que impone un umbral de participación mínimo para ser incluido dentro del conteo de escaños, y aún dentro de este conteo se favorece a los partidos con mayores votaciones. El sistema divide el total de votos válidos entre el número de escaños a repartir, y se divide el resultado entre 2. La cifra resultante será el umbral de participación, es decir, el mínimo de votos requeridos para que el partido sea tenido en cuenta al repartir los escaños. Posteriormente se divide el total de votos de cada partido por 1, por 2, por 3, hasta el número de escaños a repartir. Así:

Luego se organizan los resultados de mayor a menor, hasta completar el número de escaños, y la última cifra obtenida será la cifra repartidora. Esta cifra divide el total de votos de cada partido y entrega el número de escaños que a cada partido le corresponde. Con este sistema se favorece a los partidos que obtuvieron mayores votaciones, por lo que obliga a los partidos más pequeños a buscar algún tipo de coalición.

Los partidos pueden presentar listas cerradas o con voto preferente, es decir, que dentro del partido por el que votan, votan además por un candidato en específico. Es importante aclarar que aunque el voto sea uno solo, en realidad se vota primero por un partido, y luego por un candidato dentro de este. ¿Qué significa esto? Significa que los votos preferentes no se tienen en cuenta a la hora de calcular el número de escaño por partido, sino que una vez asignados los escaños a cada partido, se entregan a los candidatos más votados dentro de esa lista. En consecuencia, puede que el candidato por el que voté no haya alcanzado el numero de votos para salir elegido, pero de todas maneras mi voto si fue contado para el partido y pudo ayudar a completar una curul más para otro del mismo partido que obtuvo una mayor votación.

¿Cuál es la implicación moral de votar?

Votar es la forma en que se toman decisiones importantes en una democracia. Estas decisiones pueden ser tomadas directamente, por mecanismos como el referéndum o el plebiscito, o eligiendo a representantes para que las tomen por en nombre de uno. La democracia representativa permite que un grupo reducido de personas tengan la potestad para tomar decisiones que corresponden a toda la sociedad, de ahí que estos sean elegidos popularmente, porque su autoridad no es más que la delegación hecha por las personas que votaron por ellos.

Cuando se trata de mecanismos de participación popular como el referendo, la implicación moral del voto está dada por la decisión que se esté poniendo a consideración, varía en cada caso. Sin embargo, en el caso de las votaciones para elegir representantes, sea a nivel local, regional o nacional, los delegatarios reciben la potestad para tomar decisiones sobre temas absolutamente diversos: Declarar patrimonio nacional un carnaval, organizar el gasto anual del Estado, aumentar o disminuir impuestos, establecer delitos y penas, e incluso, declarar la guerra a otro país, o tocar temas tan delicados como el aborto, o la familia.

De esta diversidad de temas posibles se deriva la necesidad de que los candidatos presenten un programa de propuestas o principios de acción, con el cual los ciudadanos puedan tener una idea de cómo votaría el candidato en determinadas situaciones, y así elegir al que mejor los represente. Por esto es que se puede decir que cuando un congresista vota en uno u otro sentido, lo hace a nombre de aquellas personas que votaron por él.

He ahí la gravedad moral a la hora de escoger representantes: “la conciencia cristiana bien formada no permite a nadie favorecer con el propio voto la realización de un programa político o la aprobación de una ley particular que contengan propuestas alternativas o contrarias a los contenidos fundamentales de la fe y la moral.” (Nota Doctrinal de la CDF sobre la participación de los laicos en la política, 4) De ahí que, por ejemplo, si el candidato por el que yo voté aprueba una ley a favor del aborto, lo hace en mi nombre, lo que es casi como si yo lo hubiera hecho.

Hoy en día ¿Qué propuestas políticas hay, contrarias a la fe y la moral cristianas?

Definir esto supone un profundo discernimiento que corresponde principalmente a los obispos como autoridades doctrinales. Tales desafíos a la fe y la moral, que por ello mismo son atentados graves contra el bien común, han variado a lo largo de la historia y por ello es tan importante la labor prudencial por parte del episcopado.

La Congregación para la Doctrina de la Fe, en su nota doctrinal de 2002 nos señala algunas “exigencias éticas fundamentales” que deberían convertirse en criterio primordial de evaluación a la hora de saber por quien votar:

  1. leyes civiles en materia de aborto y eutanasia(que no hay que confundir con la renuncia al ensañamiento terapéutico, que es moralmente legítima), que deben tutelar el derecho primario a la vida desde de su concepción hasta su término natural.
  2. Del mismo modo, hay que insistir en el deber de respetar y proteger los derechos del embrión humano.
  3. Análogamente, debe ser salvaguardada la tutela y la promoción de la familia, fundada en el matrimonio monogámico entre personas de sexo opuesto y protegida en su unidad y estabilidad, frente a las leyes modernas sobre el divorcio. A la familia no pueden ser jurídicamente equiparadas otras formas de convivencia, ni éstas pueden recibir, en cuánto tales, reconocimiento legal.
  4. Así también, la libertad de los padres en la educación de sus hijos es un derecho inalienable, reconocido además en las Declaraciones internacionales de los derechos humanos.
  5. Del mismo modo, se debe pensar en la tutela social de los menores y en la liberación de las víctimas de las modernas formas de esclavitud (piénsese, por ejemplo, en la droga y la explotación de la prostitución).
  6. No puede quedar fuera de este elenco el derecho a la libertad religiosa.
  7. El desarrollo de una economía que esté al servicio de la persona y del bien común, en el respeto de la justicia social, del principio de solidaridad humana y de subsidiariedad, según el cual deben ser reconocidos, respetados y promovidos «los derechos de las personas, de las familias y de las asociaciones, así como su ejercicio».
  8. Finalmente, cómo no contemplar entre los citados ejemplos el gran tema de la paz. Una visión irenista e ideológica tiende a veces a secularizar el valor de la paz mientras, en otros casos, se cede a un juicio ético sumario, olvidando la complejidad de las razones en cuestión. La paz es siempre «obra de la justicia y efecto de la caridad»;[22] exige el rechazo radical y absoluto de la violencia y el terrorismo, y requiere un compromiso constante y vigilante por parte de los que tienen la responsabilidad política.

Luego de este documento guía, el Papa Benedicto XVI publicó la exhortación apostólica Sacramentum Caritatis, sobre el misterio de la Eucaristía, en la cual, sorprendentemente abordó de nuevo esta cuestión:

83. Es importante notar lo que los Padres sinodales han denominado coherencia eucarística, a la cual está llamada objetivamente nuestra vida. En efecto, el culto agradable a Dios nunca es un acto meramente privado, sin consecuencias en nuestras relaciones sociales: al contrario, exige el testimonio público de la propia fe. Obviamente, esto vale para todos los bautizados, pero tiene una importancia particular para quienes, por la posición social o política que ocupan, han de tomar decisiones sobre valores fundamentales, como el respeto y la defensa de la vida humana, desde su concepción hasta su fin natural, la familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer, la libertad de educación de los hijos y la promoción del bien común en todas sus formas. Estos valores no son negociables. Así pues, los políticos y los legisladores católicos, conscientes de su grave responsabilidad social, deben sentirse particularmente interpelados por su conciencia, rectamente formada, para presentar y apoyar leyes inspiradas en los valores fundados en la naturaleza humana. Esto tiene además una relación objetiva con la Eucaristía (cf. 1 Co 11,27-29). Los Obispos han de llamar constantemente la atención sobre estos valores. Ello es parte de su responsabilidad para con la grey que se les ha confiado.

¿Qué significa que el Papa Benedicto XVI haya llamado “no negociables” a estos valores fundamentales? Significa que no es lícito para el católico ceder en estos aspectos para tratar de conseguir otros fines también valiosos como la justicia social o el desarrollo económico. El apoyo del aborto, la eutanasia, la manipulación de embriones humanos y toda otra violación contra la vida e integridad humana, la desintegración y relativización de la familia, o la anulación de la libertad religiosa, como parte del programa de un partido político o de un candidato, hace que votar por ellos represente una cooperación con el mal.

¿Se puede votar por un candidato provida o pro-familia que se presenta por un partido que es programáticamente pro-aborto o pro-Ideología de Género?

Como decíamos antes, el voto para congreso se cuenta dos veces: Una primera para determinar el número de escaños de cada partido, y otra para determinar qué congresistas de cada partido reciben esas curules (si hay voto preferente). Esto significa que antes de evaluar la moralidad de votar por tal o cual candidato, es necesario evaluar la moralidad de votar por tal o cual partido político.

Por esta razón desaconsejamos el voto a cualquier partido que entre su ideario programático se encuentren cuestiones adversas a la dignidad humana como el aborto o el “matrimonio” homosexual. Aunque se escoja a un candidato dentro de ese partido que defienda la vida y la familia, hay que considerar que por el sistema de votación existe la posibilidad de que ese candidato no alcance a quedar, pero sí otro del mismo partido que muy probablemente vaya contra esos principios. De igual forma, si ese mismo candidato obtiene una gran votación, no sólo conseguirá su escaño, sino que arrastrará a otros del mismo partido que no tenían los votos suficientes.

Por otro lado, un congresista que tenga una postura contraria a la oficial de su partido, se va a ver en una situación sumamente difícil, pues la Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Bancadas, faculta a los partidos a imponer sanciones, que pueden ir hasta la pérdida de la curul, a los congresistas que no sigan las decisiones de la bancada. En 2011 mientras se discutía el Proyecto de Acto Legislativo 6/11 Senado que iba a revocar la despenalización del aborto, el senador Jorge Londoño anunció su voto a favor del proyecto, pero luego, el Partido Verde decidió que oficialmente se opondría a él, y el senador terminó hundiendo el proyecto con su voto.

¿Es recomendable votar en blanco? ¿Y no votar?

El voto en blanco es una figura creada para que los ciudadanos puedan manifestar en su voto no haber encontrado opciones representativas en ninguno de los candidatos existentes. Dependiendo de la normativa en cada país, los efectos prácticos del voto en blanco pueden variar. En Colombia, la ley establece que cuando del total de votos válidos, más del 50% sean votos en blanco, se debe repetir la votación. Si es elección de presidente, gobernador o alcalde, no se podrán volver a presentar los mismos candidatos, pero si es elección de corporaciones públicas (congreso, asamblea o concejo), no se podrán presentar las listas que no hayan alcanzado el umbral de votación.

El voto en blanco es una forma plenamente legítima para expresar la inconformidad con todas las opciones presentadas. Por si mismo no representa un bien ninguno, pero si puede verse como una forma de resistir al mal. Ahora, no está de más preguntarse si quienes votan en blanco realmente han examinado a conciencia todas las opciones disponibles, pues de no hacerlo estarían evadiendo su responsabilidad con el bien común. De hecho, votar en blanco cuando de verdad haya candidatos que representen una opción válida, puede colaborar para impedir que esta llegue al congreso, pues como los votos en blanco se cuentan para el cálculo del umbral, el aumento en los votos en blanco ayuda a que las listas con menor votación queden por fuera.

En el caso de la abstención, es importante recordad lo que indica el magisterio pontificio respecto de evitar la participación en política.

“Puede muy bien suceder que en alguna parte, por causas muy graves y muy justas, no convenga en modo alguno intervenir en el gobierno de un Estado ni ocupar en él puestos políticos. Pero en general, como hemos dicho, no querer tomar parte alguna en la vida pública sería tan reprensible como no querer prestar ayuda alguna al bien común. Tanto más cuanto que los católicos, en virtud de la misma doctrina que profesan, están obligados en conciencia a cumplir estas obligaciones con toda fidelidad. De lo contrario, si se abstienen políticamente, los asuntos políticos caerán en manos de personas cuya manera de pensar puede ofrecer escasas esperanzas de salvación para el Estado. Situación que redundaría también en no pequeño daño de la religión cristiana. Podrían entonces mucho los enemigos de la Iglesia y podrían muy poco sus amigos.” (León XIII, Immortale Dei )

“Pesada es, en consecuencia, la responsabilidad de todo el que –hombre o mujer– goza del derecho político del voto, sobre todo cuando los intereses religiosos están en peligro: en este caso, la abstención es, de por sí, sépanlo bien, un grave y fatal pecado de omisión. Por lo contrario, hacer uso y buen uso de este derecho, es trabajar con eficacia por el verdadero bien del pueblo, es obrar como leales defensores de la causa de Dios y de la Iglesia.” (Pío XII, Alocución Vous vous présentez)

Puede verse la contundencia con que los Papas critican el abstencionismo: Todo católico está obligado en conciencia a trabajar por el ben común de la sociedad, y la política es el espacio creado precisamente para esta búsqueda organizada del bien común. Por eso, cuando los valores fundamentales de la fe y la moral cristianas están en peligro, como en el caso actual, constituye pecado de omisión.

Empero, el Papa León XIII reconoce la posibilidad de una situación determinada en que no convenga participar en política, incluyendo el uso del derecho al voto. ¿Cuál podría ser esta situación? Ha de ser aquella en que cualquier tipo de participación implique necesariamente la cooperación con el mal, y por el contrario, no traiga bien ninguno. Podría pensarse en una situación hipotética en que haya elecciones pero en estas no haya ninguna opción moralmente válida, tampoco haya la posibilidad de votar en blanco, y por el contrario, el acto de votar legitime el régimen injusto.

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