El pasado 23 de febrero se terminó de montar la escultura de “el Santísimo”, una imagen de Cristo Resucitado de 33 metros de altura, que se convierte en el monumento más alto de Colombia, en el municipio de Floridablanca, Santander. Desde que se proyectó su construcción, los medios de comunicación liberales, y organizaciones laicistas no han dejado de hacerle la guerra.
La semana pasada, la Corte Constitucional falló una tutela que habían interpuesto en contra del monumento, alegando que su construcción vulneraba su derecho a la Libertad Religiosa. En el fallo, que El Espectador calificó de “cuestionado” (por ellos, claro está), la Corte niega las pretensiones de los demandantes afirmando que nadie se puede oponer a la exhibición de una obra artística y que está en criterio del espectador la forma cómo valore el monumento. "No es una invitación para participar en ningún acto de alguna religión en particular", dice la sentencia.
Sin embargo, el pasado miércoles, el Tribunal Administrativo de Santander falló a favor de una acción popular interpuesta por los laicistas, y ordenó la devolución al departamento del dinero invertido en la construcción del monumento, pero además, ordenó a la Gobernación de Santander cambiar el nombre del proyecto turístico por considerar que el término ‘Santísimo’ está “íntimamente unido a una corriente religiosa”. “Deben buscarse palabras que vinculadas con el proyecto turístico no den un tratamiento preferente a ese o a otro credo en particular”, reza un aparte del fallo. También ordenó al gobernador abstenerse de cualquier acto público en el monumento.
No deja de ser llamativo que los argumentos de la Corte para desestimar la tutela, coincidan en buena parte con los que esgrimió el Tribunal Superior de Cundinamarca y luego el Consejo de Estado, para negar las tutelas de quienes demandaban la cancelación del evento. En esa oportunidad se dijo que la libertad de expresión del artista no podía restringirse por las interpretaciones que los espectadores pudieran hacer de la obra, así como se negó que la reproducción de ostensorios fuera una alusión directa al objeto litúrgico católico.
Con el fallo del Tribunal de Santander, queda comprobado el doble rasero de los laicistas, que defienden el uso público de imágenes alusivas a la religión sólo cuando se trata de su ataque y profanación, mientras que un monumento para exaltar la figura de Cristo se gana su ataque y rechazo. Mención aparte merece la actitud vergonzosa de la gobernación y el autor de la obra, que ante la tutela negaron que la obra fuese una imagen de Cristo y dijeron que se trataba meramente de “un ser superior”.
Gramalote sin Iglesia.
Gramalote, el pueblo del Norte de Santander que por cuestiones geológicas tuvo que ser desplazado y reconstruido lejos de la falla tectónica que lo ponía en riesgo debe quedarse sin Iglesia por disposición del gobierno nacional, que ha negado la posibilidad de reconstruir una Iglesia en el pueblo alegando que los recursos del fondo de adaptación no pueden usarse para construir centros religiosos.
La comunidad está molesta, y en cabeza del obispo de Pamplona ha enviado una carta al gobierno nacional, reclamando la construcción del templo parroquial, recordando que en las Iglesias del Norte de Santander se hicieron colectas para recoger los fondos para construir las viviendas rurales del municipio.
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