La Corte Constitucional ha resuelto negar una demanda de constitucionalidad contra el aparte de la Ley 1146 en que se establece la obligatoriedad de la educación sexual en la educación secundaria y superior, que pretendía que fuera ampliada a la primaria y el preescolar argumentando que ésta es requerida para prevenir el abuso sexual y el embarazo adolescente. Bajo solicitud de la Corte, el Procurador emitió un concepto en el cual se oponía a la demanda pues adelantar la educación sexual podría incentivar un adelanto en la edad de inicio de las relaciones sexuales, y por otro lado, la misma norma ya obliga a las instituciones a realizar acciones que prevengan el abuso sexual.
La Ministra de Educación, Gina Parody, conocida por sostener una relación homosexual con la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez, reaccionó contradiciendo el concepto de la Procuraduría, argumentando que habría evidencia de que la educación sexual temprana postergaría el inicio de las relaciones sexuales. El gobierno entonces, lanzó una campaña para respaldar la demanda, incluyendo mensajes en las redes sociales.
Por estas razones le decimos #SíALaEducación sexual, que es esencial para que nuestros niños y jóvenes crezcan sanos y felices:
Posted by Juan Manuel Santos - Presidente on sábado, 20 de febrero de 2016
¿Cuál es la experiencia de la educación sexual preescolar en otros países?
El tema de la educación sexual preescolar no es una controversia exclusivamente colombiana. En varios países se han presentado conflictos entre los padres de familia y las autoridades gubernamentales por contenidos explícitos que se estaría impartiendo a niños pequeños y que iban en contra de los valores que los padres les quieren inculcar.
En 2006, el gobierno de Honduras tuvo que retirar unas guías de educación sexual, financiadas por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) ante las protestas de los padres de familia. En tales guías se invitaba a niños desde los 4 y 5 años a organizarse en grupos “para explorar, identificar las partes de su cuerpo, especialmente los genitales y observar en qué son iguales y en qué son diferentes".
En 2013, estalló un escándalo en Europa luego de la publicación de una guía de la OMS sobre estándares de educación sexual. En las guías se señalaba que entre los 0 y los 4 años debía enseñarse a los menores el "goce y el placer cuando tocamos nuestro propio cuerpo: la masturbación de la primera infancia", mientras que entre los 4 y los 6 años los niños debían poder "hablar de asuntos sexuales", explorar "relaciones del mismo sexo" y "consolidar la identidad de género".
En enero del año pasado, organizaciones uruguayas denunciaron la publicación de la guía “Educación y Diversidad Sexual” para ser implementada en los colegios. En ella se pretendía que a nivel de preescolar y primara se enseñara a los menores “reflexionar sobre los modelos de masculinidad y femineidad construidos a lo largo de la historia personal de las/os niñas/os para deconstruirlos y desnaturalizarlos”, a la vez que se pretendía “promover la deconstrucción del modelo hegemónico de familia y de pareja”.
Pero tal vez el caso más clamoroso ha sido el del programa de educación sexual de Ontario que ha enfrentado protestas masivas por parte de los padres de familia. El programa prentende enseñar a los niños de 3 grado conceptos como “identidad de género y orientación secual” a la vez que les inculca la idea de la “diversidad de familias”. A partir del 6 grado se les enseñan a los estudiantes a consentir relaciones sexuales. Como si fuera poco, en junio del año pasado, el ex ministro delegado de educación de Ontario, Ben Levin, quien estuvo a cargo del diseño del programa en 2010, fue condenado a tres años de prisión por tres cargos relacionados con la posesión de pornografía infantil.
¿Por qué una demanda de constitucionalidad?
Tal vez lo más extraño de todo esto es que la propuesta venga en forma de una demanda de constitucionalidad. No conocemos el texto de la demanda, pero esta debió haberse formulado en el sentido de pretender que la disposición legal viola algún precepto constitucional. Sin embargo, los argumentos que han sido ventilados en los medios de comunicación corresponden a un enfoque de conveniencia de una política pública y pretenden una adición o modificación de la norma y no su declaración de inexequibilidad. Por eso resulta ridículo que la Ministra Parody salga a decir “Procurador, estamos en el siglo XXI” siendo que la norma demandada es de 2007.
La razón del mecanismo empleado refleja la tendencia del activismo por vía judicial que tanto éxito ha dado al lobby del aborto y LGBT, cuyo último hito es la sentencia C-754/15 en que la magistrada Gloria Stella Ortiz se da el lujo de modificar el texto de la ley a su arbitrio. El gran peligro en este caso es el establecimiento de un supuesto “derecho a la educación sexual” que serviría al Estado a pasar por encima del Derecho Humano de los Padres a escoger el tipo de educación que debe recibir sus hijos.
¿Quién interpuso la demanda?
El demandante es Carlos Arturo Silva Marín, en nombre del programa ‘Sin embarazos en adolescentes‘ desarrollado en instituciones educativas de Antioquia, con apoyo de los gobiernos departamental y municipales. En su página de Facebook refleja su activismo en favor del aborto, su simpatía por la homosexualidad y su visión despectiva de la institución matrimonial.
Posted by Carlos Arturo Silva Marin on viernes, 5 de diciembre de 2014
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