El pasado miércoles, 11 de abril, la Comisión Primera de la Cámara de Representantes retiró el Proyecto de Ley 186 de 2017 Cámara que pretendía prohibir la práctica del alquiler de vientres y tipificarla como un tipo de trata de personas o de comercio de partes anatómicas humanas. El proyecto de ley había sido presentado por la senadora María del Rosario Guerra y el Representante a la Cámara Santiago Valencia, luego de que un proyecto anterior el Proyecto de Ley 26 de 2016 Cámara hubiera sido hundido en el cuarto debate en el Senado.
El retiro fue hecho bajo solicitud de los autores, ante la perspectiva de que, siendo un proyecto de ley estatutaria, los cuales deben aprobarse en una sola legislatura, y ante la congestión de la agenda legislativa de la Comisión primera, era claro que no iba a ser aprobado dentro de los plazos establecidos. Así pues, prefirieron retirar el proyecto, para presentarlo después el 20 de julio en la nueva legislatura.
Ahora bien, uno de los determinantes de que el proyecto se hubiera frenado en su trámite, fue el concepto desfavorable que presentó el Consejo Nacional de Política Criminal, elaborado por la Secretaría Técnica, y firmado por Marcerla Abadía Cubillos, Directora de Política Criminal y Penitenciaria. Abadía Cubillos es abogada de la Universidad Externado, con maestría de la Universidad de los Andres, cuya tesis de grado fue una defensa de la eliminación del delito de aborto en el derecho penal. Así mismo, en su trayectoria académica se observa como línea principal de investigación “Derecho y Género”. En el concepto presentado a la comisión se rechaza la tipificación del alquiler de vientres como trata de personas aduciendo que no se encuentran ninguno de los verbos rectores del delito de trata de personas se encuentra en la maternidad subrogada, y que no ae demuestra que la práctica sea mayoritariamente prohibida en el mundo.
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