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sábado, 29 de marzo de 2014

FIRMA: Superintendente de Salud, Investigue y Sancione el aborto ilegal en Profamilia y Oriéntame

Profamilia aborto

En la sentencia C-355 de 2006, la Corte Constitucional de Colombia despenalizó el aborto en tres causales: Riesgo para la vida de la madre, violación y malformaciones incompatibles con la vida. Ese mismo año, el gobierno nacional expidió el Decreto 4444 de 2006 en el que convertía el aborto en un "servicio de salud" a cargo de la Seguridad Social, y establecía sanciones para las entidades de salud que no lo practicaran.

En buena hora, el Consejo de Estado declaró nulo ese Decreto el año pasado, dejando claro que el Ejecutivo no puede reglamentar sino las leyes aprobadas por el Congreso de la República, y al expedir tal decreto estaba usurpando funciones del legislativo. Sin embargo, la Superintendencia de Salud ha pretendido burlar el fallo del tribunal expidiendo una circular (003 de 2013) en la cual mantiene las presiones a las IPS para obligarlas a practicar abortos so pena de incurrir en las sanciones.

Por el contrario, la Superintendencia de Salud no parece tener ningún reparo ante la evidencia pública de que centros abortistas como Profamilia u Oriéntame (Ambas pertenecientes a la multinacional abortista IPPF), están practicando abortos por fuera de las tres causales despenalizadas en la sentencia C-355 de 2006, es decir, abortos que en el marco legal actual son delito. El año pasado, una periodista encubierta grabó para el programa Testigo Directo a los funcionarios de Oriéntame admitiendo que practicarían abortos por fuera de los tres casos de la C-355. Pero no sólo eso, la misma publicidad que Profamilia distribuye por correo y redes sociales, invita a considerar el aborto como un método de planificación familiar; Así mismo, videos producidos por Profamilia muestran cómo se utiliza la causal salud como coladero para prescribir el aborto en cualquier situación.

Estas son flagrantes violaciones a la ley colombiana, y a la sentencia C-355 de 2006 que dejó como delito todo aborto por fuera de las tres causales de despenalización. Por eso le exigimos al Superintendente de Salud, Gustavo Morales Cobo, que investigue y sancione a esas dos entidades en vez de estar usurpando funciones del Legislativo al querer obligar a las IPS a practicar abortos.

Son absolutamente claros los indicios de que entidades como Profamilia y Oriéntame, que se encuentran bajo su vigilancia, están practicando abortos por fuera de los tras casos despenalizados en la sentencia C-355 de 2006, constitutivos de delito en el ordenamiento jurídico colombiano.

En agosto de 2013, las cámaras de Testigo directo captaron a funcionarios de Oriéntame admitiendo que harían abortos así estuviesen por fuera de los tres casos despenalizados de la C-355. La misma Profamilia, en su material publicitario invita a considerar el aborto como un método de control de la natalidad, y en un video producido y publicado por ellos mismos, muestra abiertamente cómo incluyen cualquier aborto dentro de la "causal salud" sin que medie ninguna valoración seria del riesgo que para la madre representa.

Por eso exhortamos a la Superintendencia de Salud, a que cumpla con sus funciones, y en vez reproducir los efectos del anulado Decreto 4444 de 2006, investigue y sancione la comisión del delito de aborto por fuera de las causales despenalizadas en estos dos establecimientos.

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