Un grupo de 11 congresistas de izquierda, han presentado el Proyecto de Ley 331 de 2026 Cámara con el fin de crear una “Comisión Nacional de Investigación para el Esclarecimiento de la Verdad y reparación integral a las víctimas de delitos de abuso sexual en contextos clericales y religiosos”. El proyecto busca crear un órgano adscrito a la Defensoría del Pueblo con el fin de investigar a la Iglesia Católica y producir documentos que soporten una narrativa de señalamiento y acusación a la Iglesia Católica como “entorno especialmente propicio para los abusos”.
Los autores del proyecto son los congresistas Laura Isabel Vera Zapata (Pacto Histórico), María Fernanda Carrascal Rojas (Pacto Histórico), Mauricio Andrés Toro Orjuela (Alianza Verde), Alix Yirley Vargas Torrado (Partido Liberal), Andrea Padilla Villarraga (Alianza Verde), David Ricardo Racero Mayorca (Pacto Histórico), Deyci Alejandra Omaña Ortiz (Pacto Histórico), Jennifer Dalley Pedraza Sandoval (Dignidad & Compromiso), Kamelia Edith Zuluaga Navarro (Pacto Histórico), Luis Carlos Rúa Sánchez (Alianza Verde), Sandra Claudia Chindoy Jamioy (Pacto Histórico).
Esta es la segunda vez que se presenta esta misma iniciativa, luego de que la presentada en la anterior legislatura fuera archivada por falta de trámite. Frente a la versión anterior, le han corregido la adjudicación de competencias correspondientes a los órganos judiciales y se han eliminado ciertas acusaciones temerarias que carecían de ninguna fundamentación. Sin embargo, los elementos esenciales del proyecto se mantienen, y son los que aseguran la ausencia total de verdad como intención de los proponentes.
En primer lugar, los congresistas pretenden estar atendiendo una problemática que no son capaces de demostrar. En la exposición de motivos se presentan algunas cifras acerca del abuso sexual infantil, así como el informe de recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño 2026, y los datos aportados por la Fiscalía General de la Nación sobre personas indiciadas por delitos sexuales bajo la etiqueta “religioso” como profesión. Sin embargo, tanto los datos aportados por el ICBF como los de la Fundación PLAN, evidencian la irrelevancia estadística del abuso por parte de clérigos o religiosos frente a la problemática del abuso sexual infantil en Colombia: Frente a más de 75.000 casos de delitos sexuales contra menores entre 2022-2025, la Fiscalía reporta 110 religiosos procesados por delitos sexuales entre 2006-2026, englobando indiciados, investigados, en juicio o condenados.
Los congresistas, a pesar de que en el artículo 1 afirman que el proyecto se aplica “a todas las confesiones religiosas con presencia en el territorio nacional (…) sin distinción de jerarquía o denominación”, y en artículo 4 hablen de “Enfoque de laicidad y neutralidad estatal”, apuntan directamente a la Iglesia Católica como objetivo de sus investigaciones. En el propio artículo 1 se habla de “instituciones, comunidades, diócesis, arquidiócesis, congregaciones o entidades vinculadas”. En el artículo 5 se mencionan los “archivos eclesiásticos” y se faculta a la Comisión para “acceder a instalaciones de instituciones religiosas o clericales”. No se utilizan para tales enumeraciones sino exclusivamente las denominaciones que corresponden a la religión cristiana en general, y a la estructura jerárquica de la Iglesia Católica en particular. De igual modo, en la exposición de motivos se menciona únicamente a la Iglesia Católica como ejemplo de confesión religiosa investigada por abusos sexuales.
El propósito de la Comisión es la sistematización de la información con el fin de elaborar un informe sobre el abuso sexual en contextos religiosos, es decir, justificar la existencia del problema que, en principio, le da origen. No es, por tanto, posible esperar por parte de la Comisión ninguna objetividad o imparcialidad en la determinación de unos hechos de los cuales depende la justificación de su propia existencia y actividad. Si la tal comisión encontrara que no existe una problemática significativa de abuso sexual en contextos religiosos, tendría que admitir que gastaron en vano el dinero de los contribuyentes durante cinco años. Por el contrario, el artículo 10, que establece la anterior vigencia, también prevé que “podrá ser prorrogada por el mismo tiempo, siempre que no se haya cumplido el objetivo e intención principal de la creación de la Comisión”.
De ahí, que los congresistas partan de una cierta “presunción de culpabilidad”, por ejemplo, al echar en un mismo saco a sacerdotes denunciados, investigados y condenados, o al crear incentivos para la denuncia a través del artículo 13. Tales informes, registros y demás documentos producidos por la Comisión tendría, según el artículo 12 del proyecto, “valor de prueba trasladada en los incidentes de reparación integral”, lo cual apunta a la creación de megaprocesos, similares a los ocurridos en los EE.UU. contra la Iglesia Católica o lo Boy Scouts en los cuales se da por descontada la culpabilidad de la institución, se reúne a miles de personas que se declaran como víctimas en el proceso, para repartir los fondos de reparación que terminan en su mayoría en manos de las firmas de abogados.
En anteriores ocasiones hemos recalcado que la Iglesia, y especialmente el alto clero, necesitan una purificación. Hemos además reconocido que la Iglesia debe ser considerada legalmente responsable cuando se demuestra el encubrimiento de abusos sexuales. Sin embargo, proyectos como éste no prometen ni de lejos el conocimiento de la verdad, lo cual sólo puede esperarse de un proceso judicial con todas las garantías tanto para las víctimas como para los acusados, sino que únicamente buscan establecer una narrativa que fundamente una agenda política prestablecida. Si a principios de año, el proyecto 315/2025 Cámara contaba con el respaldo del gobierno Petro, esperamos que con el cambio de administración el gobierno de De la Espriella retire el apoyo al mismo.




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