Reproducimos el artículo del escritor español Juan Manuel de Prada, publicado originalmente en su columna semanal en el diario ABC.
Quinientos años después de la protesta de Lutero, uno puede hacerse el sueco, para obtener el aplauso del mundo, o bien puede atreverse a analizar con rigor intelectual lo que con aquel acontecimiento se sustanció. Esta segunda actitud, que en un mundo donde lo que mola es hacerse el sueco causa escándalo, es la que nos propone el excelente volumen “Consecuencias político-jurídicas del protestantismo” (Ediciones Marcial Pons), al cuidado del profesor Miguel Ayuso, en el que un selecto grupo de juristas procuran al lector consciente una serie de aproximaciones al pensamiento de Lutero y señalan las lacras políticas que en él tienen su origen. Celebrar el centenario de la protesta luterana es como si el sifilítico celebrase el día en que contrajo la sífilis.
Habría que empezar señalando, como hace el profesor Juan Fernando Segovia en una de las aportaciones más enjundiosas del libro, que al afirmar la salvación por la sola fe Lutero niega toda autoridad a la Iglesia, así como su papel mediador entre el creyente y Dios y la eficacia de los sacramentos. La Iglesia, para Lutero, es una organización opresora; y el Papado, la sede del Anticristo. Pero el libro que recomendamos hoy es valioso sobre todo porque nos desvela cómo las nociones teológicas oscurantistas de Lutero (depravación de la naturaleza humana, negación del libre albedrío, etcétera) corrompen y destruyen las instituciones políticas y sociales. Si el hombre es malo por naturaleza y su razón está corrompida, el poder se tendrá que erigir en puro ejercicio de la fuerza que reprima sus tendencias malignas. Así, ante la revuelta campesina de 1525, Lutero puede celebrar que se alce “la espada vengadora” contra los príncipes; y cuando los campesinos son derrotados puede solicitar tan pichi a los príncipes: “Perseguidlos y matadlos como a perros rabiosos. Dios os lo premiará”. Pues un poder civil entendido al modo luterano puede (¡viva la alternancia!) cambiar de titular como de chaqueta. Por otro lado, como nos recuerda José Luis Widow en otro pasaje del libro, establecida la premisa desquiciada de que la naturaleza humana está por completo corrompida, Lutero piensa lógicamente que la razón es “ciega, sorda, necia, impía y sacrílega”; de tal modo que está negada para querer el bien, incapacitada para el juicio moral. De ahí que Lutero pudiera recomendar a uno de los príncipes a los que adulaba que “pecase fuertemente”, aduciendo que su mera fe bastaría para salvarlo. La justificación por la sola fe conduce inevitablemente a la emancipación de la conciencia del juicio moral sobre nuestras acciones; y así se entroniza el puro subjetivismo, hasta que la tendencia natural al desorden exija la intervención de una ley humana que se imponga como ejercicio de poder. Pero, como señala el profesor Segovia, al afirmar la absoluta corrupción de la naturaleza humana, Lutero niega el valor de la ley: pues al mandar realizar tal o cual obra, la ley no hace sino (en palabras de Lutero) “poner de manifiesto la enfermedad, el pecado, la maldad” del hombre, a quien inevitablemente “asalta la tristeza, se siente afligido, hasta cae en la desesperación”. Que es, en efecto, la estación última del hombre concebido al modo luterano.
En “Consecuencias jurídico-políticas del protestantismo” se desgranan otras calamidades que tienen su origen en el pensamiento de Lutero, como la reducción de lo político a lo estatal, el nacionalismo, el capitalismo desembridado o la instauración de una libertad que no se orienta por la razón, sino por una “autodeterminación” cuyo único límite es no hacer daño a terceros (límite que, por supuesto, se acaba infringiendo, cuando tal daño beneficia al titular del poder). Así hasta desvelar la verdad sobre Lutero que otros prefieren ignorar, haciéndose los suecos.
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