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lunes, 25 de agosto de 2014

FIRMA: NO a la adopción de menores por parejas del mismo sexo

La Corte Constitucional está discutiendo la posibilidad de que parejas del mismo sexo adopten niños en Colombia, y la decisión es inminente. Al parecer el fallo resultaría favorable a que este tipo de uniones críe y eduque niños, por el caso de una pareja de madres lesbianas que quiere adoptar al hijo de una de ellas. De ser así, daríamos un giro de 180 grados para vulnerar el derecho de todos ellos a tener un padre y una madre.

El Magistrado Luis Guillermo Guerrero elaboró un documento en el que abre el camino para que el lobby gay haga su conquista más importante: minar la familia conformada por un hombre y una mujer. Según se ha publicado en diversos medios de comunicación, y haciendo referencia a la imposibilidad de dos personas del mismo sexo para adoptar, el documento señala que “una barrera normativa como la prevista legislativamente es en el fondo una forma velada e implícita de sanción a estas formas alternativas de familia”. ¿Entonces para solucionar esa supuesta “sanción a estas formas alternativas de familia”, quieren violentar y borrar la familia natural y constitucionalmente establecida?

Como si fuera poco, el Gobierno Nacional en cabeza del Presidente Santos, y con la vocería del nuevo Ministro del Interior Juan Fernando Cristo, le ha dado un espaldarazo a la propuesta, aduciendo a las libertades y los derechos de estas parejas.

Lo que está en discusión no es poco. No se trata sólo del caso de una pareja, de un caso aislado y que no tendrá mayores repercusiones. Lo que está en discusión es la salvaguarda de la familia naturalmente constituida por un hombre y por una mujer (como lo establece la Constitución), y además el derecho prevalente de los niños a ser educados por un padre y por una madre. Si esta discusión llega a salir favorable, se desdibujaría el concepto fundamental de familia, se violentarían los derechos prevalentes de los niños por responder a los derechos de los adultos, y además se establecería toda una normatividad que –sin ser del todo clara–quebrantaría los derechos de objeción de conciencia para funcionarios públicos, educadores, etc.

Esto es el resultado de la tiranía de las minorías; esto ocurre cuando los servidores públicos responden intereses particulares, y deciden favorecer las tendencias e ideologías que les parecen “adecuadas” y “políticamente correctas”.    

Con este panorama, ya que nuestros dirigentes y representantes parecen estar defendiendo intereses particulares, somos entonces nosotros los ciudadanos los únicos capaces de hacer cumplir el espíritu y lo establecido en la Constitución Política.

Debemos recordarle a la Corte Constitucional que si bien las personas homosexuales siempre deben ser tratadas con respeto por su dignidad de seres humanos, su orientación sexual, y por lo todo lo que ella implica, una unión tal no es apta ni apropiada para conformar una familia, ni mucho menos para criar y educar a nuestros niños.

Los derechos de esta comunidad, y los de cualquier otra, no pueden ponerse por encima de los derechos de los niños a tener un padre y una madre. ¡MOVILÍZATE YA! por los derechos de la infancia y la adolescencia en Colombia y recuérdale a los Magistrados de la Corte el artículo 42 de la Constitución Política de Colombia: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.

Escribe a los magistrados de la Corte. Tu mensaje llegará a Luis Guillermo Guerrero, Gabriel Eduardo Mendoza, Alberto Rojas, Jorge Ivan Palacio, María Victoria Calle, Jorge Ignacio Pretelt, Luis Ernesto Vargas, Nelson Pinilla.

¡MOVILÍZATE YA!

Señores Magistrados:

Les pido dar su voto negativo a la ponencia presentada por el Magistrado Luis Guillermo Guerrero sobre la adopción de niños por parte de parejas homosexuales. Si llegase a ser favorable el fallo, esta sería la Corte (y sus Magistrados) que habría sepultado la familia nuclear en Colombia, porque con el fallo se estarían violentando el principio y derecho prevalente de los niños a tener un padre y una madre, y se tergiversaría gravemente la familia natural fundamentada en la unión libre de un hombre y una mujer, tal como lo expresa el artículo 42 de nuestra Constitución Política.

Como ciudadano exijo que cumplan con sus deberes como Magistrados, respetando la Constitución Política y cumpliendo con los deberes que ella misma les impone. Los límites de su actuar son muy claros, y por lo tanto espero que respondan al llamado que yo y miles de colombianos les hacemos.

En este caso no hay lugar a interpretaciones, los derechos de una comunidad no pueden ponerse por encima de los derechos de la niñez y la infancia, ni por encima del bien común. 

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