El pasado 5 de mayo, la Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el Proyecto de Ley 217 de 2014 Cámara - 107 de 2013 Senado que crea el “feminicidio” como tipo penal y establece otras disposiciones, entre las cuales ordena la inclusión de la Ideología de Género en la educación preescolar, básica y media:
Artículo 10°. Sobre la perspectiva de género en la educación preescolar, básica y media. A partir de la promulgación de la presente ley, el Ministerio de Educación Nacional dispondrá lo necesario para que las instituciones educativas de preescolar, básica y media incorporen a la malla curricular, la perspectiva de género y las reflexiones alrededor de la misma, en el marco del desarrollo de competencias básicas y ciudadanas, según el ciclo vital y educativo de los estudiantes. Dicha incorporación será realizada a través de proyectos pedagógicos transversales basados en principios de interdisciplinariedad, intersectorialidad, e interinstitucionalidad.
Parágrafo 1°. El Ministerio de Educación Nacional, establecerá e implementará los mecanismos de monitoreo y evaluación permanente del proceso de incorporación del enfoque de género en los proyectos pedagógicos y sus resultados, sobre lo cual deberá entregar un informe anual a la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la República de Colombia y a las autoridades que lo requieran.
Parágrafo 2°. El Ministerio de Educación Nacional tendrá un plazo de seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley para iniciar el proceso de reglamentación que garantice la efectiva integración del enfoque de género a los procesos y proyectos pedagógicos en todas las instituciones educativas de preescolar, básica y media.
El proyecto fue aprobado con ponencia positiva de la representante del Centro Democrático, María Fernanda Cabal, que mantuvo la redacción de este artículo en su ponencia, a pesar de haber hecho campaña al Congreso planteando oposición al lobby LGBT y defensa de la familia.
Ya sólo resta un debate en la plenaria de la Cámara de Representantes para que el proyecto se convierta en ley de la República. Se trataría de la segunda ley, junto a la ley 1620 (Antimatoneo) que ordena a las instituciones educativas la inclusión de la Ideología de Género en los proyectos educativos.
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