El pasado 7 de octubre, el Ministerio de Salud presentó su concepto institucional al Proyecto de Ley 24 de 2013 Senado, “Por la cual se establecen lineamientos para los programas de apoyo a la mujer en gestación, al que está por nacer y el parto digno”, oponiéndose a este proyecto aduciendo que “la normativa existente contiene la protección a la madre y al que está por nacer en todas las etapas”, pero además, que “se encuentran reparos respecto a la forma en que se trata la interrupción voluntaria del embarazo y a las implicaciones que ello tiene frente al cumplimiento de la Sentencia C-355 de 2006”. Cabe recordar que el Proyecto 24/13 Senado, establece una serie de obligaciones para las instituciones de salud a nivel nacional, regional y local, de implementar programas de apoyo para la mujer embarazada en situación de vulnerabilidad, con miras a prevenir los abortos por causas socioeconómicas.
Según el Ministerio de Salud, la ayuda que propone este proyecto podría convertirse en “talanquera para optar por la interrupción voluntaria del embarazo que, en estos casos, se reconoce como un derecho”. Pero además, según ellos:
cuando el proyecto, en el inciso 2° del artículo 1°, alude a la prevención de abortos, incluyendo los casos que jurisprudencialmente han sido admitidos, se está generando un espacio para múltiples interpretaciones. Así mismo, el reconocimiento que se realiza respecto de “embarazos en situación de dificultad” (artículo 5°) no está en consonancia con la filosofía que surge de los anteriores pronunciamientos; además, es un tema que no se encuentra específicamente desarrollado en le propuesta y cuando se trate se corre el riesgo de imprimir el sesgo de ”llevar adelante su embarazo” (artículo 5°), desconociendo que existe otra opción que debe ser contemplada, aspecto que se refuerza en la iniciativa mediante las expresiones “[p]romover el respeto por la vida de todo ser humano, inclusive antes del nacimiento” (artículo 5°).
Es decir que para el Ministerio de Salud si ofrecer ayuda a las mujeres en estado de embarazo puede provocar que desistan de abortar, esto constituye un sesgo y una violación a “sus derechos”.
¿Cómo es esto posible? Sencillo: El Ministerio de Salud niega que haya mujeres presionadas a abortar por las circunstancias.
Incluso los mismos abortistas reconocen esto como un hecho, e incluso lo utilizan como argumento para defender la legalización del aborto, aunque la experiencia ha demostrado que provocan el efecto contrario. En España, por ejemplo, donde el aborto está totalmente liberalizado, un estudio de la Red Madre encontró que el 80% de las mujeres deciden no abortar si reciben algún tipo de ayuda. Llamar “Derecho a decidir” que el 80% de las mujeres iban a abortar presionadas por las circunstancias socioeconómicas, es macabro.
El Ministro de Salud teme que las mujeres dejen de abortar por el hecho de que reciban apoyo económico y social. El ministro expresa preocupación por que el proyecto aumente las obligaciones de las instituciones de salud, pero no tiene ningún reparo en continuar con el financiamiento público de los abortos a pesar de la nulidad del Decreto 4444 de 2006. Es capaz de bloquear la ayuda a las madres en situación de dificultad con tal que evitar que disminuya el número de abortos.
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