En una acción de tutela interpuesta contra el juez 48 Civil Municipal de Bogotá, que celebró el pasado 20 de Septiembre un contrato que llamó matrimonio civil entre dos personas del mismo sexo, Javier Suarez el representante legal de la Fundación ‘Marido y Mujer’ conjuntamente con la Procuraduría General de la Nación, logró que se anulara este “matrimonio” entre 2 hombres. (Vea los argumentos de la Fundación ‘Marido y Mujer’)
El juez 39 Civil del circuito de Bogotá adoptó la decisión de declarar nula la acción de matrimonio civil que celebró el juez 48 municipal de Bogotá el pasado 20 de septiembre, cuando unió a 2 hombres en un matrimonio civil de personas del mismo sexo, contrariando con ello el orden constitucional.
En la misma decisión de tutela se ordena inadmitir la solicitud de matrimonio “para que sea adecuada bajo el prisma de que las personas del mismo sexo solo pueden formalizar un vínculo contractual según lo indicado en la Sentencia C-577 de 2011”.
El Juzgado aceptó el argumento de que el artículo 42 de la Constitución Colombiana, al igual que el artículo 113 del código civil establece, “como así también lo ratifico la corte constitucional en la sentencia C-575 de 2011”, que el matrimonio se da entre 2 personas de distinto sexo y que las parejas de homosexuales sólo pueden establecer entre ellos contratos solemnes.
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